Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 40842/2020
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $317.124 CLP
Objeto social
/a) la asesoría y consultoría en materias relacionadas con la construcción y el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la formación e incorporación a sociedades de cualquier especie, la inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; /b) la adquisición, enajenación, fabricación, construcción, elaboración, comercialización, importación, exportación, explotación en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de bienes muebles, de bienes inmuebles o de valores mobiliarios, la inversión en dichos bienes y el actuar como representante o agente comisionista; y c) en general la realización de toda actividad relacionada con las actividades antes descritas o que acuerden los socios;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular 42ª Notaría Santiago, domiciliado en calle Agustinas N° 1.070, piso 2, de la comuna de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 4 de noviembre 2020, repertorio Nº 40.842/2020, ante mí, Alexandra Navarrete Gray, Carlos Eugenio Molinare Vergara e Inversiones Pite Limitada, todos domiciliados en Avenida Juan XXIII N° 6.555, departamento N° 905, comuna de Vitacura, Santiago; acordaron: 1) Dividir la sociedad Inversiones Cerro Plomo Limitada, inscrita a fojas 22.335, número 12.400 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, en dos sociedades, una de las cuales será una sociedad de responsabilidad limitada y la otra una sociedad por acciones, en la forma y condiciones que se indican en escritura extractada. La primera sociedad, que será la continuadora legal de la existente, conservará su razón social de “Inversiones Cerro Plomo Limitada”, su objeto específico y sus actuales estatutos, con las modificaciones que se expresan más adelante y en escritura extractada. La segunda sociedad, será una sociedad por acciones, que tendrá por nombre o razón social Inversiones Juan XXIII SpA, con las menciones que se indican más adelante y en la escritura extractada. 2) Modificar los estatutos de Inversiones Cerro Plomo Limitada de la siguiente forma: a) Como consecuencia de la división de Inversiones Cerro Plomo Limitada acordada en escritrua extractada, se disminuyó el capital en la suma de $227.327.530, y se reemplazó el Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTICULO QUINTO. Capital. El capital social es la cantidad de $317.124.214 que los socios aportan y pagan de la siguiente. manera: /Uno/ Doña Alexandra Navarrete Gray aporta la cantidad de $1.268.497, aproximadamente, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de los demás socios y de la sociedad; /Dos/ don Carlos Eugenio Molinare Vergara aporta la cantidad de $187.737.535, aproximadamente, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de los demás socios y de la sociedad; y /Tres/ Inversiones Pite Limitada aporta la cantidad de $128.118.182, aproximadamente íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de los demás socios y de la sociedad. En consecuencia, el capital pertenece en un 0,4% aproximado a doña Alexandra Navarrete Gray; en un 59,2% aproximado a don Carlos Eugenio Molinare Vergara; y en un 49,4% a Inversiones Pite Limitada.”.3 ) Los comparecientes en escritura extractada, en su calidad de únicos socios de la nueva sociedad Inversiones Juan XXIII SpA, acordaron sus, de los cuales extracto lo siguiente; Razón Social: Inversiones Juan XXIII SpA; Objeto: /a/ la asesoría y consultoría en materias relacionadas con la construcción y el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la formación e incorporación a sociedades de cualquier especie, la inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; /b/ la adquisición, enajenación, fabricación, construcción, elaboración, comercialización, importación, exportación, explotación en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de bienes muebles, de bienes inmuebles o de valores mobiliarios, la inversión en dichos bienes y el actuar como representante o agente comisionista; y c) en general la realización de toda actividad relacionada con las actividades antes descritas o que acuerden los socios; Capital: El capital social asciende a la suma de $227.327.530, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con cargo al patrimonio que le fue asignado a la sociedad en el proceso de división de Inversiones Cerro Plomo Limitada. Las acciones representativas de este capital social corresponderán a quienes eran los socios de Inversiones Cerro Plomo Limitada a la fecha de la escritura extractada, en la misma proporción que ellos tenían en el capital de esa sociedad así dividida, sin cargo alguno para ellos. Según lo anterior, las acciones de la sociedad quedaron distribuidas entre sus accionistas de la siguiente forma: /a/ Doña Alexandra Navarrete Gray, 4 acciones, representativas de la suma aproximada de $909.310 del capital social, íntegramente pagadas, correspondiendo aproximadamente al 0,4% del capital accionario de la sociedad; /b/ Carlos Eugenio Molinare Vergara, 592 acciones, representativas de la suma aproximada de $134.577.898 del capital social, íntegramente pagadas, correspondiendo aproximadamente al 59,2% del capital accionario de la sociedad; y c) Inversiones Pite Limitada, 404 acciones, representativas de la suma de $91.840.322 del capital social, íntegramente pagadas, correspondiendo aproximadamente al 40,4% del capital accionario de la sociedad.- Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 13 de noviembre de 2020.