MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Gómez & Estruga Limitada

RUT 76235008-4 CVE 1850863
Capital
$163.800.000 CLP
Fecha instrumento
29 de octubre de 2020

Instrumento

Fecha
29 de octubre de 2020
Repertorio
2152-2020
Notario
VERONICA SALAZAR HERNANDEZ
Oficio
Titular de la 37ª Notaría Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández

Sociedad

Capital
$163.800.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA SALAZAR HERNANDEZ, Notario Público Suplente de la Titular de la 37ª Notaría Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández, Huérfanos 1117, Oficina 1014, Certifica: Por escritura pública de fecha 29 de octubre de 2020, Rep N° 2883, compareció ante mi don Jaime Andrés Rodríguez de la Peña, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número 17.983.107-4, en representación de /Uno/ doña Bárbara Claudia Gómez Tobar, chilena, casada, relacionadora pública, cédula de identidad número 8.955.978-2 y de /Dos/ don Antonio Enrique Estruga Ferre, chileno, casado, ingeniero en alimentos, cédula de identidad número 6.630.319-5; todos domiciliados para estos efectos en Santa Rita número cero tres mil cuatrocientos ochenta, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, quien procedió a sanear, de conformidad a lo dispuesto en la Ley número 19.949, la escritura pública de modificación de la sociedad Inmobiliaria Gómez & Estruga Limitada, de fecha 14 de agosto de 2020, otorgada en la Notaría de doña Nancy de la Fuente Hernández, bajo el repertorio 2152-2020, cuyo extracto se inscribió a fojas 54.745, número 25.868 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 11 de septiembre de 2020, en el sentido que el Artículo Cuarto: “Modificación estatutos sociales” de la escritura de modificación, señaló erróneamente lo siguiente: “CUARTO: Modificación estatutos sociales. Producto del aumento de capital acordado en la cláusula precedente, los socios acuerdan sustituir la cláusula Quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de $163.800.000, el cual es aportado por los socios de la siguiente forma: A) doña Bárbara Claudia Gómez Tobar, aporta la suma de $79.717.944, equivalentes aproximadamente a un 48,67% de los derechos sociales, de los cuales, $58.897.700 han sido pagados con anterioridad a esta fecha e ingresados a la caja social y, $520.820.244 deberán ser pagados dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura; y B) don Antonio Enrique Estruga Ferre, aporta la suma de $84.082.056, equivalentes aproximadamente a un 51,33% de los derechos sociales, de los cuales, $62.972.300 han sido pagados con anterioridad a esta fecha e ingresados a la caja social y, $21.109.756 deberán ser pagados dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura”, cuando debió haber dicho lo siguiente: “CUARTO: Modificación estatutos sociales. Producto del aumento de capital acordado en la cláusula precedente, los socios acuerdan sustituir la cláusula Quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de $163.800.000, el cual es aportado por los socios de la siguiente forma: A) doña Bárbara Claudia Gómez Tobar, aporta la suma de $79.717.944, equivalentes aproximadamente a un 48,67% de los derechos sociales, de los cuales, $58.897.700 han sido pagados con anterioridad a esta fecha e ingresados a la caja social y, $20.820.244 deberán ser pagados dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura; y B) don Antonio Enrique Estruga Ferre, aporta la suma de $84.082.056, equivalentes aproximadamente a un 51,33% de los derechos sociales, de los cuales, $62.972.300 han sido pagados con anterioridad a esta fecha e ingresados a la caja social y, $21.109.756 deberán ser pagados dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2020.