CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HTP SpA

RUT 17961125-2 CVE 1851719
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
13 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de noviembre de 2020
Repertorio
1249-2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) El diseño, desarrollo, producción, elaboración de bienes materiales e inmateriales de impresión 3D, utilizando cualesquiera técnicas, materiales, tecnologías e insumos, B) La impresión y la prestación de servicios y asesorías vinculadas con el diseño, implementación, desarrollo, producción, elaboración, distribución y comercialización de productos y servicios de impresión, industriales, comerciales, tecnológicos, científicos, publicitarios y)o administrativos, C) Construcción, operación, mantenimiento y explotación en cualquiera forma de las instalaciones, explotaciones comerciales, tiendas online y)o físicas necesarias para el desarrollo del objeto social, ya sea, en Chile o en el exterior, D) La comercialización, intermediación, distribución, exportación e importación, compra y venta, representación de marcas, bienes materiales e inmateriales, quedando facultada para firmar los contratos que sean pertinentes, para vender, mantener, suministrar y reparar, productos, equipos, componentes, accesorios, repuestos y partes, E) La prestación de toda clase de asesorías y servicios comerciales, tecnológicos, científicos, publicitarios y /o administrativos enfocados en las soluciones tecnológicas y la impresión, F) Elaborar proyectos de innovación tecnológica, ejecutarlos y desarrollarlos junto a cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo contratar para ello todo tipo de profesionales tanto del área de salud, legal, administrativa, entre otras, G) El desarrollo, organización y gestión de espectáculos y eventos académicos, de negocios, recreativos, particulares, capacitaciones, cursos, diplomados, charlas, técnicas, desarrollo de contenidos, asesoría y aplicación de conocimientos tecnológicos, científicos y empresariales, ya sea por cuenta propia o de terceros. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros, formar y participar en sociedades, comunidades y asociaciones con otras entidades públicas y)o privadas; H) De igual manera la sociedad podrá efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y rentas; y cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas acuerden realizar, y en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con las actividades indicadas para el cumplimiento de sus objetos

Administración

La sociedad será administrada por un Directorio integrado por cinco miembros, los cuales serán designados por la Junta Ordinaria de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO, abogada, Notaria Titular de la 23ª Notaría de Santiago, Catedral 1265, certifica: Por escritura pública Repertorio 1249-2020 de fecha 13 de noviembre de 2020 otorgada ante mí, Don Felipe Alberto Herbage Sáez, cédula nacional de identidad 17.961.125-2, Don Julien Víctor Hanna Fassinm, cédula nacional de identidad número 17702988-2, Felipe Ignacio Maturana Guerra, cédula nacional de identidad número18.971.431-9,Don Héctor Julio Loyola Campos, cédula nacional de identidad número17.860.198-9, Don Andrés Ignacio Aguilera Guzmán cédula nacional de identidad número 18.117.049-2 y Don Cristian Mauricio Sbárbaro Kemp cédula nacional de identidad número 13.883.397-6. Quienes acreditan su identidad con las cédulas de identidad antes citadas y que constituyen la siguiente sociedad por acciones: RAZON SOCIAL: Se constituye una sociedad por acciones que girará bajo la denominación de “HTP SpA” la que, además, podrá funcionar bajo los nombres de fantasía, “HACK THE PANDEMIC SpA”. DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) El diseño, desarrollo, producción, elaboración de bienes materiales e inmateriales de impresión 3D, utilizando cualesquiera técnicas, materiales, tecnologías e insumos, B) La impresión y la prestación de servicios y asesorías vinculadas con el diseño, implementación, desarrollo, producción, elaboración, distribución y comercialización de productos y servicios de impresión, industriales, comerciales, tecnológicos, científicos, publicitarios y/o administrativos, C) Construcción, operación, mantenimiento y explotación en cualquiera forma de las instalaciones, explotaciones comerciales, tiendas online y/o físicas necesarias para el desarrollo del objeto social, ya sea, en Chile o en el exterior, D) La comercialización, intermediación, distribución, exportación e importación, compra y venta, representación de marcas, bienes materiales e inmateriales, quedando facultada para firmar los contratos que sean pertinentes, para vender, mantener, suministrar y reparar, productos, equipos, componentes, accesorios, repuestos y partes, E) La prestación de toda clase de asesorías y servicios comerciales, tecnológicos, científicos, publicitarios y /o administrativos enfocados en las soluciones tecnológicas y la impresión, F) Elaborar proyectos de innovación tecnológica, ejecutarlos y desarrollarlos junto a cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo contratar para ello todo tipo de profesionales tanto del área de salud, legal, administrativa, entre otras, G) El desarrollo, organización y gestión de espectáculos y eventos académicos, de negocios, recreativos, particulares, capacitaciones, cursos, diplomados, charlas, técnicas, desarrollo de contenidos, asesoría y aplicación de conocimientos tecnológicos, científicos y empresariales, ya sea por cuenta propia o de terceros. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, formar y participar en sociedades, comunidades y asociaciones con otras entidades públicas y/o privadas; H) De igual manera la sociedad podrá efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y rentas; y cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas acuerden realizar, y en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con las actividades indicadas para el cumplimiento de sus objetos. CAPITAL: El capital de la sociedad será la cantidad de $10.000.000 (DIEZ MILLONES DE PESOS), dividido en 10.000 (DIEZ MIL) ACCIONES, todas nominativas, ordinarias y sin valor nominal, todas de una misma y única serie, que los socios suscriben y que se encuentran pagan en la forma de acuerdo al TÍTULO VII.- Artículos Transitorios. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. DURACION: La duración de la sociedad será indefinida. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por un Directorio integrado por cinco miembros, los cuales serán designados por la Junta Ordinaria de Accionistas. Los directores durarán en dicho cargo, por un periodo de dos años. Corresponderá la administración, representación y el uso de la razón social, a una Comisión de Directores, la cual se efectuará a través de los siguientes tipos de mandatos o poderes: Corresponderá la administración representación y el uso de la razón social tanto a los señores JULIEN VICTOR HANNA FASSIN y FELIPE IGNACIO MATURANA GUERRA, para que estos actuando conjunta o individualmente quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 noviembre 2020.