Instrumento
- Fecha
- 16 de noviembre de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La intermediación, arrendamiento, administración y explotación, en cualquier forma, de espacios o lugares disponibles; b) La preparación, gestión y ejecución de actividades recreativas y de conocimiento multidisciplinario para la comunidad; c) La prestación de servicios de publicidad, promociones, marketing, creación y administración de páginas web, de asistencia de ventas, fotografía, entrega de alimentos; la gestión de reservas en línea, oferta y reserva de diversos servicios a la comunidad; la generación de alianzas y convenciones para obtener ofertas de espacios, servicios, entre otros; d) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; y e) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas
Administración
La administración, representación y el uso del nombre social de la compañía corresponderá a doña FERNANDA ISABEL TORO VEGA y a don MATHIAS ANDRÉS PERSICO SAN MARTÍN, separada e indistintamente, a cualquiera de ellos, con limitación indicada en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42º Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2020, ante mí, doña FERNANDA ISABEL TORO VEGA y don MATHIAS ANDRÉS PERSICO SAN MARTÍN constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley número 18.046, sus modificaciones y Reglamento, conforme se indica en la escritura extractada: Nombre: Dreams2Share SpA. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La intermediación, arrendamiento, administración y explotación, en cualquier forma, de espacios o lugares disponibles; b) La preparación, gestión y ejecución de actividades recreativas y de conocimiento multidisciplinario para la comunidad; c) La prestación de servicios de publicidad, promociones, marketing, creación y administración de páginas web, de asistencia de ventas, fotografía, entrega de alimentos; la gestión de reservas en línea, oferta y reserva de diversos servicios a la comunidad; la generación de alianzas y convenciones para obtener ofertas de espacios, servicios, entre otros; d) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; y e) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Capital: $4.000.000.-, dividido en 4.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: 1) doña FERNANDA ISABEL TORO VEGA, suscribe 2.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un total de $2.000.000, suma que paga íntegramente de contado y en dinero en efectivo, el que ingresa en arcas sociales en acto de constitución, y 2) don MATHIAS ANDRÉS PERSICO SAN MARTÍN, suscribe 2.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un total de $2.000.000, suma que paga íntegramente de contado y en dinero en efectivo, el que ingresa en arcas sociales en acto de constitución. De esta forma, queda íntegramente suscrito y pagado el capital social. Domicilio: Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Administración: La administración, representación y el uso del nombre social de la compañía corresponderá a doña FERNANDA ISABEL TORO VEGA y a don MATHIAS ANDRÉS PERSICO SAN MARTÍN, separada e indistintamente, a cualquiera de ellos, con limitación indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2020.