DESERT POINT SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 18381-2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $622.917.312 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que: por Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 16 de noviembre de 2020 ante mí, y reducida a escritura pública con fecha 17 de noviembre de 2020, ante mí, bajo el repertorio N° 18381-2020, se ha modificado la sociedad DESERT POINT SpA, en el sentido de: Uno) Convertir y canjear la totalidad de las acciones Serie A en acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, a una razón de canje de 1:1, eliminándose, en consecuencia, la Serie A de acciones. Dos) Crear dos nuevas series de acciones, denominada “Serie A-1” y “Serie Option Pool”. Tres) Convertir y canjear 6.513 acciones ordinarias que se encuentran bajo la titularidad de la Sociedad, en 2.248 acciones de la “Serie A-1”, a una razón de canje de 2,8973 acciones ordinarias por una acción de la Serie A-1. Cuatro) Convertir y canjear 1.410 acciones ordinarias que se encuentran pendientes de suscripción y pago, y 624 acciones ordinarias que se encuentran bajo la titularidad de la Sociedad, en acciones de la “Serie Option Pool”, a una razón de canje 1:1. Cinco) Aumentar el capital social en la suma de $622.917.312.-, esto es, de la suma actual de $248.265.723.-, dividido en 29.518 acciones, de la cuales, 25.236 corresponden a acciones ordinarias, 2.248 a acciones Serie A-1 y 2.034 corresponden a acciones Serie Option Pool, a la nueva suma de $871.183.035.-, dividido en 33.867 acciones, de las cuales, 25.236 corresponden a acciones ordinarias, 6.597 a acciones Serie A-1 y 2.034 a acciones Serie Option Pool, mediante la emisión de 4.349 acciones Serie A-1, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la Junta Extraordinaria de Accionistas referida. Seis) Otorgar un texto refundido de los estatutos sociales que incorpora las modificaciones indicadas anteriormente y otras que no son materias de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2020.