COMERCIALIZADORA Y PRODUCCIONES ALIMENTICIAS MUÑOZ Y CLAVERIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2020
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 2 años renovables según escritura
Objeto social
Será la producción, fabricación, elaboración, venta y comercialización de empanadas y de productos asociados al rubro de la amasandería, pastelería, repostería y productos alimenticios en general, por cuenta propia o por encargo de terceros y en general cualquier actividad relacionada al rubro de la alimentación de cualquier tipo y que los socios acuerden y además producir, importar, exportar, comprar, vender y comercializar en el país o en el extranjero, toda clase de productos, toda clase de asociadas al rubro y otras mercaderías en general, bienes de capital, y)o equipos y partes o repuestos de cualquier tipo, comprar, vender, arrendar, distribuir y comercializar por cuenta propia o de terceros, todo tipo de mercaderías, realizando todos los actos necesarios para cumplir con el giro social. Podrá, también tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro, y todo objeto que los socios acuerden en el futuro. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar en ellas.- La administración de la sociedad corresponderá a doña Ana María Cristina Muñoz Harrison y a doña Jesús de los Ángeles Muñoz Harrison, quienes actuando siempre conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social la obligarán y tendrán amplias las facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 13 de Noviembre de 2020, ante mí, Ana María Cristina Muñoz Harrison, domiciliada en avenida El Bosque número doscientos setenta y nueve, departamento cuatrocientos tres, comuna de Providencia y ciudad de Santiago; Jesús de los Ángeles Muñoz Harrison, domiciliada en calle Carlos Alvarado número cinco mil ciento cuarenta y uno, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y Francisco Javier Clavería Gajardo, domiciliado en calle Carlos Alvarado número cinco mil ciento cuarenta y uno, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; constituyen sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: “COMERCIALIZADORA y PRODUCCIONES ALIMENTICIAS MUÑOZ y CLAVERIA LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “COMERCIALIZADORA MC LTDA.”. Duración: 2 años renovables según escritura.- Domicilio: Santiago sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que pudieren los socios establecer en el resto del país o en el extranjero. Objeto: Será la producción, fabricación, elaboración, venta y comercialización de empanadas y de productos asociados al rubro de la amasandería, pastelería, repostería y productos alimenticios en general, por cuenta propia o por encargo de terceros y en general cualquier actividad relacionada al rubro de la alimentación de cualquier tipo y que los socios acuerden y además producir, importar, exportar, comprar, vender y comercializar en el país o en el extranjero, toda clase de productos, toda clase de asociadas al rubro y otras mercaderías en general, bienes de capital, y/o equipos y partes o repuestos de cualquier tipo, comprar, vender, arrendar, distribuir y comercializar por cuenta propia o de terceros, todo tipo de mercaderías, realizando todos los actos necesarios para cumplir con el giro social. Podrá, también tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro, y todo objeto que los socios acuerden en el futuro. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar en ellas.- La administración de la sociedad corresponderá a doña Ana María Cristina Muñoz Harrison y a doña Jesús de los Ángeles Muñoz Harrison, quienes actuando siempre conjuntamente y anteponiendo sus firmas a la razón social la obligarán y tendrán amplias las facultades. Capital: $8.000.000, que los socios enteran e ingresan de la siguiente manera: a.- doña Ana María Cristina Muñoz Harrison la suma de $4.000.000, suma que se enterará en el plazo de seis meses a contar de la fecha de publicación del extracto correspondiente, b.- doña Jesús de los Ángeles Muñoz Harrison, la suma de $2.000.000, suma que se enterará en el plazo de seis meses a contar de la fecha de publicación del extracto correspondiente; c.- don Francisco Javier Clavería Gajardo, la suma de $2.000.000, suma que se enterará en el plazo de seis meses a contar de la fecha de publicación del extracto correspondiente.- Limitando responsabilidad monto aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.-