Panivini SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2020
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Domicilio
- Santiago
Administración
En la escritura de saneamiento ya individualizada se complementó la escritura pública de fecha cuatro de julio de dos mil veinte, y rectificada con fecha nueve de julio de dos mil veinte, en el sentido de dejar expresa constancia que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña NATHALY KARINA DE LA FUENTE CANAVE. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada y Notario Público Titular de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, quinto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha tres de noviembre del año dos mil veinte, ante mí, doña CAMILA FERNANDA CONTRERAS MANDIOLA, cédula de identidad número dieciséis millones seiscientos veintiocho mil treinta guion tres, y doña NATHALY KARINA DE LA FUENTE CANAVE, cédula de identidad número dieciséis millones noventa mil novecientos cincuenta y uno guion K, suscribieron escritura de saneamiento y complementación de compraventa de acciones. Primero. Que por escritura pública de fecha cuatro de junio del año dos mil veinte, otorgada en la notaria de doña MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, y rectificada por escritura pública de fecha nueve de julio de dos mil veinte, otorgada en la misma notaría, las partes celebraron contrato de compraventa de acciones de Panivini SpA. Saneamiento. De conformidad a lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y los artículos cuatrocientos veintiséis y cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, los comparecientes sanearon el vicio formal en que se incurrió por la omisión de la publicación del extracto de la compraventa de acciones dentro del plazo legal. Administración. En la escritura de saneamiento ya individualizada se complementó la escritura pública de fecha cuatro de julio de dos mil veinte, y rectificada con fecha nueve de julio de dos mil veinte, en el sentido de dejar expresa constancia que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña NATHALY KARINA DE LA FUENTE CANAVE. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 6 de noviembre de 2020.