INVERSIONES TREPEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2020
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
- Domicilio
- doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.318.334.611 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, abogado, Notario Público Suplente de doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular de la Séptima Notaría de Santiago, domiciliada en calle Agustinas 1161, entrepiso, Comuna de Santiago. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2020, ante mí, MANUEL SANTA CRUZ LÓPEZ, MARÍA GRACIA SANTA CRUZ DE OSMA, PALOMA MARÍA SANTA CRUZ DE OSMA, SEBASTIÁN DE OSMA BERCKEMEYER, JUAN MANUEL SANTA CRUZ MUNIZAGA, CLAUDIA FRANCISCA SANTA CRUZ MUNIZAGA, CAROLINA PATRICIA SANTA CRUZ MUNIZAGA, todos domiciliados en calle Las Urbinas 53, oficina 141, Providencia, Santiago; acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES TREPEL LIMITADA”, inscrita a fojas 70.116, N° 34.395, del Registro de Comercio de Santiago del año 2019: UNO) Disminución de capital. Los únicos socios de “INVERSIONES TREPEL LIMITADA” acordaron disminuir el capital de la sociedad a la suma de $1.318.334.611, disminuyendo el capital en aquella parte que se encontraba suscrita y no enterada de la siguiente forma: a) María Gracia Santa Cruz de Osma, disminuye su aporte de capital a $5.436.431, b) Paloma María Santa Cruz de Osma, disminuye su aporte de capital a $5.436.431, y c) Sebastián De Osma Beckemeyer, disminuye su aporte de capital a $2.718.215. DOS) Aumento de capital e incorporación de socios. Los actuales socios de la Sociedad, don Manuel Santa Cruz López, doña María Gracia Santa Cruz De Osma, doña Paloma María Santa Cruz De Osma y don Sebastián De Osma Berckemeyer, acuerdan aumentar el capital social a la suma de $1.359.107.842. El aumento de capital de $13.591.077, es suscrito por don Juan Manuel Santa Cruz Munizaga, doña Carolina Patricia Santa Cruz Munizaga y doña Claudia Francisca Santa Cruz Munizaga por $4.530.359 cada uno, que será pagado dentro de un plazo de tres años, incorporándose como socios a la Sociedad. TRES) Modificación pacto social. Producto de las modificaciones anteriores, los socios acuerdan reemplazar el artículo Cuarto del Estatuto Social por el que sigue: “CUARTO: El capital social es la cantidad de mil trescientos cincuenta y nueve millones ciento siete mil ochocientos cuarenta y dos pesos, que se suscriben y aportan por los socios de acuerdo a lo siguiente: UNO) Don MANUEL SANTA CRUZ LÓPEZ, aporta la suma de mil trescientos treinta y un millones novecientos veinticinco mil seiscientos ochenta y ocho pesos, equivalentes al noventa y ocho por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran totalmente enterados y pagados con los aportes efectuados en la constitución de la Sociedad e individualizados en la escritura otorgada a tal efecto, referida en la cláusula primera de la presente escritura; DOS) Doña MARÍA GRACIA SANTA CRUZ DE OSMA aporta la suma de cinco millones cuatrocientos treinta y seis mil cuatrocientos treinta y un pesos, equivalentes al cero coma cuatro por ciento de los derechos sociales, los que serán pagados dentro del plazo de tres años contados desde la constitución de la sociedad, TRES) Doña PALOMA MARÍA SANTA CRUZ DE OSMA aporta la suma de cinco millones cuatrocientos treinta y seis mil cuatrocientos treinta y un pesos, equivalentes al cero coma cuatro por ciento de los derechos sociales, los que serán pagados dentro del plazo de tres años contados desde la constitución de la sociedad, CUATRO) Don SEBASTIÁN DE OSMA BERCKEMEYER aporta la suma de dos millones setecientos dieciocho mil doscientos quince pesos, equivalentes al cero coma dos por ciento de los derechos sociales, los que serán pagados dentro del plazo de tres años contados desde la constitución de la sociedad, CINCO) Don JUAN MANUEL SANTA CRUZ MUNIZAGA aporta la suma de cuatro millones quinientos treinta mil trescientos cincuenta y nueve pesos, equivalentes al cero coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales, aproximadamente, los que serán pagados dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha, SEIS) doña CAROLINA PATRICIA SANTA CRUZ MUNIAGA aporta la suma de cuatro millones quinientos treinta mil trescientos cincuenta y nueve pesos, equivalentes al cero coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales, aproximadamente, los que serán pagados dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha, y SIETE) doña CLAUDIA FRANCISCA SANTA CRUZ MUNIAGA aporta la suma de cuatro millones quinientos treinta mil trescientos cincuenta y nueve pesos, equivalentes al cero coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales, aproximadamente, los que serán pagados dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre 2020.