Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 9345-2020
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y su explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes; el ahorro en toda clase de instrumentos de inversión, para la obtención de rentas civiles; formar parte o tomar participación en otras sociedad existentes o que se constituyan en el futuro; como asimismo, realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, que tengan relación con los fines sociales que con posterioridad el o los accionistas de común acuerdo determinen
Administración
La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ RAMÓN ORTIZ JIMENO, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES JR SpA | socio | 76453711-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público de la Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Gertrudis Echeñique número treinta, oficina treinta y dos, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de Noviembre de 2020, Repertorio N°9345-2020 ante doña Maria Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Reemplazante, don don JOSÉ RAMÓN ORTIZ JIMENO, C.I. N°25.394.775-6, en representación de INVERSIONES JR SpA, RUT N°76.453.711-4, ambos con domicilio en Avenida Nueva Tajamar N°481, Torre Norte, oficina 503, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y por la otra, en representación de MARÍA TERESA ORTIZ DOMINGUEZ, española, documento de identificación español N°44.494.774 D, con domicilio Calle Valderrebollo N°12, 5A, 28.031, Madrid, España, vienen en constituir una sociedad por acciones la que se regirá por estos estatutos y supletoriamente por las normas contenidas en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio para este tipo de sociedades, así como por las disposiciones pertinentes de la Ley de Sociedades Anónimas, su Reglamento y el Código Civil en lo que le sean aplicables. Los estatutos son los siguientes: Razón Social. “AXE CAPITAL SpA”, pudiendo actuar válidamente, para todos los efectos legales, de publicidad y ante los Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía de “AXE CAPITAL”. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Objeto. El objeto de la Sociedad será: la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y su explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes; el ahorro en toda clase de instrumentos de inversión, para la obtención de rentas civiles; formar parte o tomar participación en otras sociedad existentes o que se constituyan en el futuro; como asimismo, realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, que tengan relación con los fines sociales que con posterioridad el o los accionistas de común acuerdo determinen. Duración. Indefinida. Administración. La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ RAMÓN ORTIZ JIMENO, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones distribuidas en las siguientes dos series: 700 acciones de Serie A ordinarias, con derecho a voto y sin valor nominal, y en 300 acciones de Serie B preferentes, sin derecho a voto y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la forma en que establecen los Artículos Transitorios de los estatutos. La preferencia o privilegio de que gozan las acciones de la Serie B, corresponde al derecho de una devolución de capital mínimo asegurado por acción con preferencia a otras series de acciones en la liquidación de la sociedad, equivalente al diez por ciento del monto que representa la acción en el capital social. La señalada preferencia solo podrá ser dejada sin efecto por unanimidad de los accionistas de ambas series en junta extraordinaria de accionistas convocada especialmente para dicho efecto. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado, de acuerdo a la siguiente distribución: a) INVERSIONES JR SpA, debidamente representada, ha suscrito y pagado, 700 acciones de Serie A, por un valor de $700.000.-; y b) doña MARÍA TERESA ORTIZ DOMINGUEZ, mediante su representante, ha suscrito y pagado, 300 acciones de Serie B, por un valor de $300.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago. 12 de Noviembre de 2020.- Patricio Raby Benavente.- Notario Publico.-