Instrumento
- Fecha
- 16 de noviembre de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Temuco, calle Lynch numero TRESCIENTOS DIEZ, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero según lo determinen los accionistas de la sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
serán: a) Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas. b) La explotación del giro de restaurantes y cafeterías; c) La explotación del rubro de la gastronomía, en cualquiera de sus formas, sea en inmuebles, en carros o en Food Truck, o en cualquier otra estación. d) La compra y venta de todo tipo de comidas, así como de todo tipo de insumos para la gastronomía, tanto de carácter alimenticio como en el mobiliario destinada a la elaboración o preparación de comida, e) Todo tipo de Asesorías comerciales y legales para la instalación de cualquier tipo de negocio o establecimiento comercial en el rubro de la Gastronomía, sea por cuenta propia o ajena, y f) Cualquier otra actividades que socios acuerden, relacionada directa o indirectamente con las anteriores, lo que se presumirá por el solo hecho de su realización
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha doce de Noviembre de dos mil veinte, ante mí, don JOHN MANUEL SANDOVAL GONZALEZ, chileno, casado, trabajador independiente, cedula de identidad número once millones quinientos un mil ciento setenta y seis guion seis, con domicilio en calle Lynch numero Trescientos diez, de la ciudad de Temuco. Constituyó Sociedad por Acciones. NOMBRE SOCIAL: será MULTI-GASTRONÓMICA TEMUCO SpA, pudiendo también actuar ante terceros en todo tipo de actos y contratos indistintamente con los siguientes nombres: GASTRO TEMUCO SpA o PRO-GASTRO TEMUCO SpA. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: será administrada y representada por un Administrador elegido por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador ser o no accionista. El administrador, podrá a su vez, delegar la administración de la sociedad en una o más personas, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Inicialmente, y hasta que se celebre la Primera Junta de Accionistas, el Administrador de la sociedad será don JOHN MANUEL SANDOVAL GONZALEZ. Facultades en escritura extractada. CAPITAL: es la suma de $6.000.000.-, dividido en CIEN acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: don JOHN MANUEL SANDOVAL GONZALEZ, suscribe CIEN acciones, en la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, que entera en dinero efectivo, en acto escritura a la caja social. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado con fecha escritura. OBJETO: serán: a) Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas. b) La explotación del giro de restaurantes y cafeterías; c) La explotación del rubro de la gastronomía, en cualquiera de sus formas, sea en inmuebles, en carros o en Food Truck, o en cualquier otra estación. d) La compra y venta de todo tipo de comidas, así como de todo tipo de insumos para la gastronomía, tanto de carácter alimenticio como en el mobiliario destinada a la elaboración o preparación de comida, e) Todo tipo de Asesorías comerciales y legales para la instalación de cualquier tipo de negocio o establecimiento comercial en el rubro de la Gastronomía, sea por cuenta propia o ajena, y f) Cualquier otra actividades que socios acuerden, relacionada directa o indirectamente con las anteriores, lo que se presumirá por el solo hecho de su realización. DURACION: será indefinida DOMICILIO: será la ciudad de Temuco, calle Lynch numero TRESCIENTOS DIEZ, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero según lo determinen los accionistas de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de Noviembre de 2020.-