CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERÍA CIVIL ARANEDAVIAL Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 1849077
Capital
$225.734.264 CLP
Fecha instrumento
16 de noviembre de 2020
Notaría
Santa
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de noviembre de 2020
Comuna
Santa

Sociedad

Capital
$225.734.264 CLP
Domicilio
Santa Bárbara
Duración
6 años, contados fecha escritura social renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales de 3 años cada uno, si ningún socio manifestare voluntad de ponerle término por escritura pública anotada margen inscripción social con anticipación mínima de cuatro meses vencimiento plazo original o sus prórrogas. Fallecimiento alguno de los

Objeto social

es la construcción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de caminos y carreteras y líneas de ferrocarril, la ejecución por cuenta propia o de terceros de todo tipo de proyectos y obras civiles, de ingeniería y arquitectura, urbanización y subdivisión de terrenos, movimientos de tierra, remodelaciones, transformaciones y mejoras de todo tipo de construcciones, la prestación de servicios de ingeniería y, en general, cualquiera otra labor, faena, operación o actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que sean acordadas por los

Administración

Si quien falleciere fuere el socio administrador, todas las facultades de representación de que está investido se radicarán automáticamente en doña María Ester Araya Burgos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ORLANDO CANTUARIAS COSTA, notario titular de la Notaria de Santa Bárbara, con oficio en esta ciudad calle O’Higgins 260, CERTIFICO que por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2020 ante mí, don ROLANDO JULIAN ARANEDA VARGAS y doña MARÍA ESTER ARAYA BURGOS, ambos domiciliados Las Heras ochenta, Santa Bárbara, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: INGENIERÍA CIVIL ARANEDAVIAL Y COMPAÑÍA LIMITADA. Nombre fantasía: CONSTRUCTORA ARANEDAVIAL Y COMPAÑÍA LTDA. Administración y Uso Razón Social: Rolando Julián Araneda Vargas, con facultades escritura extractada. Capital Social: $225.734.264 pesos aportados siguiente manera: 1) Socio Rolando Julián Araneda Vargas aporta 99% capital social ascendente a $223.476.921 pesos, que entera y paga con: a) $20.000.000 al contado, ya enterado caja social; b) $168.476.921 de pesos aportando en dominio pleno inmueble singularizado en cláusula Quinta Letra A número Uno escritura social; c) $28.000.000 de pesos aportando en dominio pleno inmueble singularizado en cláusula Quinta Letra A número Dos escritura social; d) $7.000.000 de pesos aportando en dominio pleno camioneta singularizada en cláusula Quinta Letra A número Tres escritura social. 2) Socia María Ester Araya Burgos aporta 1% capital social ascendente $2.257.343, al contado, ya enterado caja social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Objeto: es la construcción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de caminos y carreteras y líneas de ferrocarril, la ejecución por cuenta propia o de terceros de todo tipo de proyectos y obras civiles, de ingeniería y arquitectura, urbanización y subdivisión de terrenos, movimientos de tierra, remodelaciones, transformaciones y mejoras de todo tipo de construcciones, la prestación de servicios de ingeniería y, en general, cualquiera otra labor, faena, operación o actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que sean acordadas por los socios. Duración: 6 años, contados fecha escritura social renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales de 3 años cada uno, si ningún socio manifestare voluntad de ponerle término por escritura pública anotada margen inscripción social con anticipación mínima de cuatro meses vencimiento plazo original o sus prórrogas. Fallecimiento alguno de los socios: sociedad continuara con el socio sobreviviente y los herederos del fallecido, quienes deberán hacerse representar por un mandatario común, el que no tendrá facultades de administración. Si quien falleciere fuere el socio administrador, todas las facultades de representación de que está investido se radicarán automáticamente en doña María Ester Araya Burgos. Domicilio: Santa Bárbara. Demás estipulaciones escritura extractada Santa Bárbara, 16 de Noviembre del año 2020.