Transportes Bernardo Andrés Figueroa Toledo E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 3424
- Notario
- RODRIGO SANHUEZA RIOS
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- la Comuna de Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El transporte por carretera nacionales o internacionales de carga, mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; b) El Transporte marítimo y lacustre y la prestación de servicios portuarios y aduaneros; podrá comprar, vender, importar, tomar y dar en arrendamiento o en leasing o administrar toda clase de barcos y otras embarcaciones; y asesorar y prestar servicios de puerto y de aduanas; toda actividad que, en cualquiera forma, está relacionada o lo esté, en el futuro, con tales actividades c) En general, ejecutar cualquier tipo de actividad, negocios, actos y contratos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines de la empresa, sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 09 de noviembre de 2020, Repertorio 3424, otorgada ante el Suplente del Titular de este oficio don Arturo Wevar Palma, don BERNARDO ANDRES FIGUEROA TOLEDO, chileno, soltero, cuarenta años de edad, Ingeniero en Construcción, Cédula de Identidad número diez millones seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos veinte dos guión tres, domiciliado en Avenida. Gabriela Mistral número cero ochocientos cincuenta, departamento mil cuarenta y dos de la ciudad de Temuco, resolvió transformar en una sociedad por acciones La empresa de Transportes Bernardo Andrés Figueroa Toledo E.I.R.L., rut 76.724.442-8, domicilio Temuco, inscrita a fs.2044 Vuelta, número 1336, del año dos mil quince del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y se publicó en el Diario Oficial de fecha cinco de Diciembre del año dos mil quince, hasta esta fecha no ha sufrido modificaciones.- Sociedad por Acciones se regirá por estatutos sociales que a continuación se extractan. Nombre: “Transportes San Joaquín SpA”. Objeto: El transporte por carretera nacionales o internacionales de carga, mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; b) El Transporte marítimo y lacustre y la prestación de servicios portuarios y aduaneros; podrá comprar, vender, importar, tomar y dar en arrendamiento o en leasing o administrar toda clase de barcos y otras embarcaciones; y asesorar y prestar servicios de puerto y de aduanas; toda actividad que, en cualquiera forma, está relacionada o lo esté, en el futuro, con tales actividades c) En general, ejecutar cualquier tipo de actividad, negocios, actos y contratos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines de la empresa, sin limitación alguna.- Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la Comuna de Temuco, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero Duración: Indefinida. Capital: $10.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en dinero efectivo y con anterioridad a este acto. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. TEMUCO, 13 de noviembre de 2020.