SERMAN SpA
Instrumento
- Notario
- Álvaro Gonzalo Mera Correa
- Oficio
- Notaría de Constitución y Empedrado
- Comuna
- Constitución y
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERMAN SpA | socio | 77081434-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Gonzalo Mera Correa, Notario Público Titular de Notaría de Constitución y Empedrado, con oficio calle O’Higgins 499-A de esta ciudad, certifica que: por escritura pública de hoy, ante mí, doña SARA GABRIELA HENRÍQUEZ YÉVENES, domiciliada en calle Oñederra número trescientos setenta y cinco guion C de la comuna de Constitución, modificó parcialmente la sociedad SERMAN SpA, RUT 77.081.434-0, capital social de $5.000.000.-, constituida mediante escritura pública de fecha 13 de septiembre del 2019, que fuera otorgada ante el Notario Público de Constitución y Empedrado don Álvaro Gonzalo Mera Correa, y cuyo extracto se inscribió a fojas ciento cuarenta y siete, número ochenta y cuatro del Registro de Comercio de Constitución correspondiente al año dos mil diecinueve, publicado en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha veinte tres de septiembre del mismo año, V sección, página uno de uno, CVE: 1656678.-, modificando el artículo séptimo del instrumento constitutivo, respecto a las facultades de administración, ampliándolas en los siguientes ítems: Representación ante instituciones, representación ante sociedad y asociaciones, celebración de contratos, constitución de garantías, contratos de trabajo, constitución de sociedades, operación con cheques letras, pagarés y otros documentos mercantiles, operaciones con bancos y entidades financieras, cobrar y percibir, créditos, registro de marcas, seguros, derivados, operaciones de comercio exterior, pagos y extinción de obligaciones, firma de documentos y retiro de correspondencia, mandatos, representación judicial y auto contratación. En todo lo que no se modifica por este instrumento, se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del estatuto de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Constitución, 13 de noviembre del 2020.