CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA DE CONDUCTORES INDEPENDIENTES DE TAXIS COLECTIVOS DE LOS VILOS LIMITADA

CVE 1848509
Capital
$2.700.000 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2020
Repertorio
1088
Notario
MARIO ALFONSO BARRÍA GALLEGOS
Domicilio
Los Vilos-Canela

Sociedad

Capital
$2.700.000 CLP
Domicilio
Los Vilos, sucursales en cualquiera región del país
Duración
Indefinida

Objeto social

La cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad de Transporte de Pasajeros en Taxis Colectivos, transporte de cargas y encomiendas o productos, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. Tendrá además como objeto específico, el de las cooperativas de trabajo y producción, mediante el cual podrá producir o transformar bienes relacionados con la actividad del transporte de pasajeros y transportes de cargas, encomiendas o productos, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, cuya retribución deberá fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el cumplimiento de sus objetivos la cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Producción, venta y difusión de compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad de Transporte de Pasajeros en Taxis Colectivos como cualquier otra actividad comercial relacionada con la identidad de la Cooperativa. b) Proporcionar a los socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualquier otro título, al contado o a plazo, repuestos, herramientas, accesorios y demás objetos para el ejercicio de sus actividades. c) Estimular la unidad y cohesión de los socios para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua. d) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO ALFONSO BARRÍA GALLEGOS, Notario Público Titular de Los Vilos-Canela, Colo Colo 345 Los Vilos, certifica: que con fecha 10 de noviembre de 2020, Repertorio N°1.088, fue reducida a escritura, el acta de la Junta Constitutiva de fecha 8 de noviembre de 2020, mediante la cual se constituyó la “COOPERATIVA DE CONDUCTORES INDEPENDIENTES DE TAXIS COLECTIVOS DE LOS VILOS LIMITADA”, cuya sigla será “COOPERAVIL LIMITADA” con la que podrá actuar en todas sus operaciones sociales. Domicilio: Los Vilos, sucursales en cualquiera región del país. Duración: Indefinida. Objeto: La cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad de Transporte de Pasajeros en Taxis Colectivos, transporte de cargas y encomiendas o productos, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. Tendrá además como objeto específico, el de las cooperativas de trabajo y producción, mediante el cual podrá producir o transformar bienes relacionados con la actividad del transporte de pasajeros y transportes de cargas, encomiendas o productos, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, cuya retribución deberá fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el cumplimiento de sus objetivos la cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Producción, venta y difusión de compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad de Transporte de Pasajeros en Taxis Colectivos como cualquier otra actividad comercial relacionada con la identidad de la Cooperativa. b) Proporcionar a los socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualquier otro título, al contado o a plazo, repuestos, herramientas, accesorios y demás objetos para el ejercicio de sus actividades. c) Estimular la unidad y cohesión de los socios para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua. d) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios. e) Fomentar el empleo de modernas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales. f) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus socios como a terceros. g) Incorporar a la Cooperativa la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados. h) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo. i) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de los socios. j) Adquirir para sí o para distribuir entre sus socios los equipos, repuestos, artículos de seguridad y automóviles o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas. k) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus socios y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo; l) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a los asociados y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; m) Propender a la integración del joven y la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socio-culturales, etc.; n) Contratar créditos con entidades tanto privadas, cooperativas como públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo de sus productos. Para poder desarrollar el objetivo recién señalado, no siendo esta una Cooperativa de Ahorro y Crédito, se dará cumplimiento con la normativa que dicte el Departamento de Cooperativa para tal efecto; o) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; p) Establecer cualquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus asociados y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de estos; q) En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar el servicio y beneficio a los socios y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. TITULO II. DEL CAPITAL Y PATRIMONIO. ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $2.700.000.- (dos millones setecientos mil pesos), dividido en 45 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $60.000 pesos cada una. Cada socio aporta en este acto la suma de $15.000.- al contado y el saldo restante lo pagara en 9 cuotas mensuales de $5.000.- (cinco mil pesos) dentro de los 5 últimos días de cada mes, a partir del mes de noviembre de 2020. Los socios de posterior ingreso deberán suscribir y pagar el número mínimo de una Cuota de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria de Socios que se pronuncie sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este Estatuto. Concurrieron 30 socios a Junta Constitutiva.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Repertorio N°1.088. Los Vilos, 13 de noviembre de 2020.