MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

APRONTA SOLUCIONES TECNOLOGICAS LIMITADA

RUT 76007620-1 CVE 1848354
Fecha instrumento
2 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de noviembre de 2020
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, don DAVID GABRIEL YAÑEZ OTAROLA y doña ORIETTA STELLA FREGONARA SALAS, ambos domiciliados en calle Pascual Baburiza N°776, comuna de Ñuñoa, doña CLAUDIA CECILIA ARENAS RAMIREZ, domiciliada en Coventry N° 374, comuna de Ñuñoa y don GONZALO MAXIMILIANO PARRA GARAFULIC, domiciliado en José Luis Araneda N°90, Depto. 1801, comuna de Ñuñoa, modificaron la sociedad APRONTA SOLUCIONES TECNOLOGICAS LIMITADA, inscrita a fojas 30.656 N° 23.061 del año 2003 del Registro de Comercio de Santiago en siguiente sentido: Don David Yañez Otarola, titular de un 90% del capital social, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos y haberes en la sociedad, a doña Claudia Arenas Ramírez, quien los compra y adquiere para sí. Doña Orietta Fregonara Salas, titular de un 10% del capital social, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos y haberes en la sociedad, a don Gonzalo Parra Garafulic, quien los compra y adquiere para sí. El precio de las cesiones asciende a la suma de $3.000.000.- suma que es pagada por los cesionarios en sus respectivas proporciones, en el acto, al contado y en dinero efectivo. Se retiran de la sociedad don David Yañez Otarola y doña Orietta Fregonara Salas, quedando conformada exclusivamente por doña Claudia Arenas Ramírez y por don Gonzalo Parra Garafulic con un 90% la primera y un 10% el segundo sobre el capital social. Se modifica cláusula séptima del pacto de constitución en sentido que el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña Claudia Arenas Ramírez. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de noviembre de 2020.