MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA L y L LIMITADA

RUT 77112621-9 CVE 1847807
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2020

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2020
Notario
LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA
Domicilio
Calera

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Notario Público de La Calera, calle Diego Lillo Nº331, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Noviembre de 2020, ante mi, JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, en representación de la sociedad “INMOBILIARIA HAKEM LIMITADA”, ambos domiciliados en Matilde Salamanca número ciento noventa y nueve C, comuna de Salamanca; CARLOS HELMUTH HANSTCH STUARDO, por si y en representación de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS ACACIOS LIMITADA”, ambos domiciliados en Freire número ochocientos quince, comuna de Rancagua; MACARENA ANDREA JARUFE GONZALEZ, domiciliada en Matilde Salamanca número ciento noventa y nueve guión C, comuna de Salamanca; JUAN PABLO JOAQUÍN JARUFE GONZALEZ, domiciliado en Matilde Salamanca número ciento noventa y nueve guión C, comuna de Salamanca, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social “SOCIEDAD INMOBILIARIA L y L LIMITADA” o "L y L LTDA.”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento doce mil seiscientos veintiuno guión nueve.- La sociedad se constituyó con fecha dieciocho de diciembre del año dos mil diecinueve, según escritura pública otorgada ante la Notario Público de La Calera, doña Lidia María Chahuán Issa y se inscribió a fojas uno vuelta, número dos del Registro de Comercio del año dos mil veinte, del Conservador de Bienes Raíces de La Calera. El extracto respectivo se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil quinientos treinta y siete, edición del día veintiséis de diciembre del año dos mil diecinueve.- Modificación celebrada consiste: JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, en representación de la sociedad “INMOBILIARIA HAKEM LIMITADA”, con el consentimiento expreso de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña MACARENA ANDREA JARUFE GONZALEZ, quien compra, adquiere y acepta para sí, el cuarenta por ciento de los derechos y acciones (40%) que el cedente posee sobre la mencionada sociedad, y que corresponden al veinte por ciento del total de derechos y acciones (20%) sobre la misma sociedad, en la suma de dos millones de pesos, que son pagadas por la compradora o cesionaria, en dinero efectivo y de contado, declarando el vendedor o cedente recibirlos íntegramente a su entera satisfacción, quedando en consecuencia totalmente pagado el precio de la citada cesión, por lo se otorgan el más amplio y completo finiquito en cuanto al precio de la presente cesión. JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, en representación de la sociedad “INMOBILIARIA HAKEM LIMITADA”, con el consentimiento expresos de los demás socios, vende, cede y transfiere a don JUAN PABLO JOAQUÍN JARUFE GONZALEZ, quien compra, adquiere y acepta para sí, el cuarenta por ciento de los derechos y acciones (40%) que el cedente posee sobre la mencionada sociedad, y que corresponden al veinte por ciento del total de derechos y acciones (20%) sobre la misma sociedad, en la suma de dos millones de pesos, que son pagadas por el comprador o cesionario, en dinero efectivo y de contado, declarando el vendedor o cedente recibirlos íntegramente a su entera satisfacción, quedando en consecuencia totalmente pagado el precio de la citada cesión, por lo se otorgan el más amplio y completo finiquito en cuanto al precio de la presente cesión. En consecuencia, la sociedad “INMOBILIARIA HAKEM LIMITADA”, representada por don JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, pasa a ser titular del diez por ciento de derechos sobre la citada sociedad; la socia doña MACARENA ANDREA JARUFE GONZALEZ pasa a ser titular del veinte por ciento de derechos sobre la citada sociedad y el socio don JUAN PABLO JOAQUÍN JARUFE GONZALEZ pasa a ser titular, del veinte por ciento de derechos sobre la citada sociedad. CARLOS HELMUTH HANSTCH STUARDO, en representación de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS ACACIOS LIMITADA”, con el consentimiento expresos de los demás socios, vende, cede y transfiere a don CARLOS HELMUTH HANSTCH STUARDO, quien compra, adquiere y acepta para sí, el cuarenta por ciento de los derechos y acciones (40%) que el cedente posee sobre la mencionada sociedad, y que corresponden al veinte por ciento del total de derechos y acciones (20%) sobre la misma sociedad, en la suma de dos millones de pesos, que es pagada por el comprador o cesionario, en dinero efectivo y de contado, declarando el vendedor o cedente que la recibió íntegramente a su entera satisfacción, quedando en consecuencia totalmente pagado el precio de la citada cesión, por lo que se otorgan el más amplio y completo finiquito en cuanto al precio de la presente cesión. En consecuencia, la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS ACACIOS LIMITADA”, representada por don CARLOS HELMUTH HANSTCH STUARDO, pasa a ser titular del treinta por ciento de derechos sobre la citada sociedad y el socio don CARLOS HELMUTH HANSTCH STUARDO pasa a ser titular, del veinte por ciento de derechos sobre la citada sociedad. Como consecuencia de las cesiones y/o venta de derechos, el ingreso de los nuevos socios, se sustituye la cláusula SEXTO del pacto social, por la siguiente: “SEXTO: CAPITAL: El capital de la sociedad se pacta en la suma de diez millones de pesos ($10.000.000.-), que los aportan, en este acto, a la sociedad en los valores, forma y proporción que se pasa a señalar: A.- La sociedad INMOBILIARIA HAKEM LIMITADA; aporta la suma de un millón de pesos ($1.000.000.-) equivalente al diez por ciento del capital social, que se entera y paga e ingresa a la caja social, en este acto de contado y en dinero efectivo; B.- La sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS ACACIOS LIMITADA; aporta la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.-) equivalente al treinta por ciento del capital social, que se entera y paga e ingresa a la caja social, en este acto, de contado y en dinero efectivo; C.- La socia doña MACARENA ANDREA JARUFE GONZALEZ, ya individualizada, aporta la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.-), equivalente al veinte por ciento del capital social, que entera y paga e ingresa a la caja social, en este acto, de contado y en dinero efectivo; D.- El socio don JUAN PABLO JOAQUÍN JARUFE GONZALEZ, ya individualizado, aporta la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.-), equivalente al veinte por ciento del capital social, que entera y paga, e ingresa a la caja social, en este acto, de contado y en dinero efectivo; y E.- El socio don CARLOS HELMUTH HANSTCH STUARDO, ya individualizado, aporta la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.-), equivalente al veinte por ciento del capital social que entera y paga, e ingresa a la caja social, en este acto, de contado y en dinero efectivo. En consecuencia, los socios declaran que se ha pagado y enterado totalmente el capital de la sociedad, para todos los efectos legales.” Todo lo cual debe entenderse como parte integrante del pacto social.- En lo no modificado, regirá el pacto constitutivo de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil diecinueve.- La Calera, a 12 de Noviembre de 2020.-