MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN PEÑA Y NUÑEZ LIMITADA

RUT 76271961-4 CVE 1847612
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de octubre de 2020
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de octubre de 2020
Repertorio
2700/2020
Notario
DANIEL V. MONDACA PEDRERO
Oficio
5 Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
La razón social será CENTRO DE ENTRENAMIENTOS EN EMERGENCIAS MEDICAS CLAVE UNO LIMITADA. Sin embargo, la sociedad podrá actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso ante bancos y sociedades financieras y de la misma forma que con la razón social, usando el nombre de fantasía CLAVE UNO LTDA. El domicilio será la ciudad de Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, la prestación de servicios educacionales y de capacitación, por si o por terceros, ya sea en forma directa o prestando servicios para terceros a través de los programas establecidos por el servicio nacional de capacitación y empleo; la producción, desarrollo, comercialización, implementación y prestación de cursos de capacitación técnica relacionadas con el área de la enfermería, salud y otros afines; la importación, comercialización, distribución y representación del todo tipo de materiales, implementos y servicios relacionados con el objeto social; y, cualquier otro negocio, relacionado con el objeto social que los socios acuerden”; c) modifican cláusula sexta estatuto social, en lo que dice relación a la duración de la sociedad, la que queda como sigue: “SEXTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular 5 Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifico: Por escritura pública de fecha 20.10.2020, Repertorio 2700/2020, ante mi suplente don Fernando Galassi Aedo, don JOSÉ LUIS PEÑA FIGUEROA, Eusebio Lillo 1574, casa 101, Los Parrones, Rancagua; don ARIEL ALEXIS NÚÑEZ GARCÍA, Magnolio Blanco casa 39, Villa Machalí, Machalí; don RICARDO SEBASTIÁN ZÚÑIGA ARANCIBIA, Carabobo 2483, Playa Ancha, Valparaíso; y don CLAUDIO EDUARDO MUÑOZ CASTRO, San Carlos 155, Block 6, depto. 303, Villa Dulce Norte, Viña del Mar, acordaron modificar SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN PEÑA Y NUÑEZ LIMITADA, nombre fantasía CLAVE UNO CAPACITACION LTDA., inscrita a fojas 637 número 438 del Reg. Comercio CBR Rancagua, del año 2013, DO 40.506, 11 marzo 2013; modificación sociedad inscrita a fojas 273 vta. número 243 Reg. Comercio CBR Rancagua, año 2014, DO 40.802, 8 marzo 2014, Rut N°76.271.961-4. Capital social $1.000.000., siguiente sentido: 1. José Luis Peña Figueroa, vende, cede y transfiere a Ricardo Sebastián Zúñiga Arancibia, 20% de derechos sociales; Ariel Alexis Núñez García, vende, cede y transfiere Claudio Eduardo Muñoz Castro, 20% derechos sociales. Así, José Luis Peña Figueroa 30% derechos sociales; Ariel Alexis Núñez García, 30% derechos sociales; Ricardo Sebastián Zúñiga Arancibia, 20% de derechos sociales; Claudio Eduardo Muñoz Castro, 20% derechos sociales. 2.- únicos socios José Luis Peña Figueroa, Ricardo Sebastián Zúñiga Arancibia, Ariel Alexis Núñez García y Claudio Eduardo Muñoz Castro, acordaron modificar pacto social de la siguiente manera: a) modifican cláusula primera estatuto social en lo que dice relación con razón social y domicilio, la que queda como sigue: PRIMERO: RAZON SOCIAL Y DOMICILIO. La razón social será CENTRO DE ENTRENAMIENTOS EN EMERGENCIAS MEDICAS CLAVE UNO LIMITADA. Sin embargo, la sociedad podrá actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso ante bancos y sociedades financieras y de la misma forma que con la razón social, usando el nombre de fantasía CLAVE UNO LTDA. El domicilio será la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de sucursales o agencias que se establezcan en cualquier parte del país o del extranjero; b) modifican cláusula segunda estatuto social, en lo que al objeto social dice relación, la que queda como sigue: “SEGUNDO: OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto, la prestación de servicios educacionales y de capacitación, por si o por terceros, ya sea en forma directa o prestando servicios para terceros a través de los programas establecidos por el servicio nacional de capacitación y empleo; la producción, desarrollo, comercialización, implementación y prestación de cursos de capacitación técnica relacionadas con el área de la enfermería, salud y otros afines; la importación, comercialización, distribución y representación del todo tipo de materiales, implementos y servicios relacionados con el objeto social; y, cualquier otro negocio, relacionado con el objeto social que los socios acuerden”; c) modifican cláusula sexta estatuto social, en lo que dice relación a la duración de la sociedad, la que queda como sigue: “SEXTO: DURACION: La sociedad tendrá una duración indefinida, a menos que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad o retirarse de la misma, por declaración expresa en tal sentido que deberá efectuar por escritura pública o instrumento notaria protocolizado, anotado a margen de la inscripción social y comunicada, además a los representantes legales de la misma, mediante carta certificada. En el caso de producirse esta situación y si los socios restantes deciden seguir adelante con los negocios sociales, el socio que decide retirarse, está obligado a vender a los demás socios y el valor de la venta de sus derechos será el determinado contablemente.”; d) modifican cláusula decima estatuto social la que queda como sigue: “DECIMO: DISTRIBUCION DE UTILIDADES Y EVENTUALES PERDIDAS: Tanto las utilidades como las eventuales pérdidas que irrogue el ejercicio social serán distribuidas entre los socios a razón de un veinticinco por ciento para cada uno de ellos. Sin perjuicio de que, sin atender a su participación en la misma y conforme lo acuerden los socios libremente, al término de cada ejercicio tributario, acuerden otra distribución.” En lo no modificado, se mantiene íntegramente el pacto social y sus modificaciones. Demás antecedentes y estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 12 de noviembre de 2020.