SOCIEDAD COMERCIAL Y FARMACEUTICA TAMANACO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2020
- Notario
- LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA
- Domicilio
- Calera
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Notario Público de La Calera, calle Diego Lillo Nº331, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Noviembre de 2020, ante mi, comparecen JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, quien comparece por sí y en representación de la sociedad “INMOBILIARIA HAKEM LIMITADA”, ambos domiciliados en Matilde Salamanca número ciento noventa y nueve guión C, comuna de Salamanca; ELIZABETH PATRICIA GONZALEZ ALCAYAGA, domiciliada en Matilde Salamanca número ciento noventa y nueve guión C, comuna de Salamanca; MACARENA ANDREA JARUFE GONZALEZ, domiciliada en Matilde Salamanca número ciento noventa y nueve guión C, comuna de Salamanca; JUAN PABLO JOAQUÍN JARUFE GONZALEZ, domiciliado en Matilde Salamanca número ciento noventa y nueve guión C, comuna de Salamanca; LUCIA ROMELIA ROA PRADENAS, quien comparece por sí y en representación de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS ACACIOS LIMITADA”, ambos domiciliados en Freire número ochocientos quince, comuna de Rancagua; BASTIAN ALONSO HANTSCH ROA, domiciliado en Freire número ochocientos quince, comuna de Rancagua; NELSON ANDRES HANSTCH ROA, domiciliado en Aldunate Nº 222 La Calera; don CHRISTOPHER PABLO HANSTCH ROA, domiciliado en Los Acacios Nº 20 Machalí, modificaron sociedad de responsabilidad limitada "SOCIEDAD COMERCIAL Y FARMACEUTICA TAMANACO LIMITADA” o "FARMACIA TAMANACO LTDA", rol único tributario número setenta y seis millones ciento sesenta y cinco mil setecientos noventa y nueve guión dos.- La sociedad se inscribió a fojas ciento cuarenta y cuatro vuelta, número ciento cuarenta y uno, del Registro de Comercio del año dos mil once, del Conservador de Bienes Raíces de La Calera. El extracto respectivo se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil cincuenta y cinco, edición del día siete de septiembre del año dos mil once.- Con fecha treinta de noviembre del año dos mil quince, según escritura pública otorgada ante la Notario Público de La Calera, doña Lidia Chahuán Issa, se modificó la sociedad, lo cual se inscribió a fojas ciento treinta y nueve, número cien, del Registro de Comercio del año dos mil quince, del Conservador de Bienes Raíces de La Calera. El extracto respectivo se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil trescientos veintisiete, edición del día nueve de diciembre del año dos mil quince. Con fecha veintinueve de mayo del año dos mil diecinueve, según escritura pública otorgada ante la Notario Público de La Calera, doña Lidia Chahuán Issa, se modificó la sociedad, lo cual se inscribió a fojas sesenta vuelta, número cuarenta y cuatro, del Registro de Comercio del año dos mil diecinueve, del Conservador de Bienes Raíces de La Calera. El extracto respectivo se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil trescientos setenta y cinco, edición del día diez de junio del año dos mil diecinueve. Modificación celebrada consiste: JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, cede, vende y transfiere, con el consentimiento expreso de sus socios a JUAN PABLO JOAQUÍN JARUFE GONZALEZ, el once coma sesenta y seis por ciento de derechos sociales de los que es propietario, equivalentes al cinco coma veinticinco por ciento del capital social total. El precio de la cesión es la suma de setenta y ocho millones setecientos cincuenta mil pesos, que el cesionario y comprador pagó con anterioridad al vendedor, al contado y en dinero efectivo y que éste declara haberlo recibido a su entera satisfacción.- JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, cede, vende y transfiere, con el consentimiento expreso de sus socios a MACARENA ANDREA JARUFE GONZALEZ, el diez coma cincuenta y seis por ciento de derechos sociales de los que es propietario, equivalentes al cuatro coma setenta y cinco por ciento del capital social total. El precio de la cesión es la suma de setenta y un millones doscientos cincuenta mil pesos, que la cesionaria y compradora pagó con anterioridad al vendedor, al contado y en dinero efectivo y que éste declara haberlo recibido a su entera satisfacción.- BASTIAN ALONSO HANTSCH ROA, cede, vende y transfiere, con el consentimiento expreso de sus socios a NELSON ANDRES HANSTCH ROA, el catorce como veintinueve por ciento de derechos sociales de los que es propietario, equivalentes al tres por ciento del capital social total.- El precio de la cesión es la suma de cuarenta y cinco millones, que el cesionario y comprador pagó con anterioridad al vendedor, al contado y en dinero efectivo y que éste declara haberlo recibido a su entera satisfacción. LUCIA ROMELIA ROA PRADENAS, ya individualizada, cede, vende y transfiere, con el consentimiento expreso de sus socios a la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS ACACIOS LIMITADA” debidamente representada por doña LUCIA ROMELIA ROA PRADENAS, el ocho coma treinta y tres por ciento de derechos sociales de los que es propietaria, equivalentes al dos por ciento del capital social total.- El precio de la cesión es la suma de treinta millones, que el cesionario y comprador pagó con anterioridad al vendedor, al contado y en dinero efectivo y que éste declara haberlo recibido a su entera satisfacción. LUCIA ROMELIA ROA PRADENAS, cede, vende y transfiere, con el consentimiento expreso de sus socios a CHRISTOPHER PABLO HANSTCH ROA, el cuatro coma diez y siete por ciento de derechos sociales de los que es propietaria, equivalentes al uno por ciento del capital social total.- El precio de la cesión es la suma de quince millones, que el cesionario y comprador pagó con anterioridad al vendedor, al contado y en dinero efectivo y que éste declara haberlo recibido a su entera satisfacción. Como consecuencia de la venta y cesión de derechos sociales, se modifica la cláusula sexto del pacto social, quedando como sigue: “SEXTO: El capital de la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL Y FARMACEUTICA TAMANACO LIMITADA ", asciende a doscientos millones de pesos, que los socios aportan a la sociedad en los valores, forma y proporción que se pasa a señalar: JOAQUÍN ANTONIO JARUFE JARUFE, con un treinta y cinco por ciento del capital social, o sea setenta millones de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; “INMOBILIARIA HAKEM LIMITADA”, con un cuatro por ciento del capital social, o sea ocho millones de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; ELIZABETH PATRICIA GONZALEZ ALCAYAGA, con un cero coma cinco por ciento del capital social, o sea un millón de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; MACARENA ANDREA JARUFE GONZALEZ, con un cinco coma veinticinco por ciento del capital social, o sea diez millones quinientos mil pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; don JUAN PABLO JOAQUÍN JARUFE GONZALEZ con un cinco coma veinticinco por ciento del capital social, o sea diez millones quinientos mil pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; LUCIA ROMELIA ROA PRADENAS, con un veintiuno por ciento del capital social, o sea cuarenta y dos millones de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS ACACIOS LIMITADA”, con un cinco por ciento del capital social o sea diez millones de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; BASTIAN ALONSO HÄNTSCH ROA, con dieciocho por ciento del capital social, o sea treinta y seis millones de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo; NELSON ANDRES HANSTCH ROA, con tres por ciento del capital social, o sea seis millones de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo y CHRISTOPHER PABLO HANSTCH ROA con tres por ciento del capital social, o sea seis millones de pesos ingresados a la caja social de contado y en dinero efectivo. En consecuencia, los socios declaran que se ha pagado y enterado totalmente el capital de la sociedad, para todos los efectos legales”. Todo lo cual debe entenderse como parte integrante del pacto social.- En lo no modificado, regirá el pacto constitutivo de fecha tres de septiembre del año dos mil once y posteriores modificaciones.- La Calera, a 12 de Noviembre de 2020.-