CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES C Y G SpA

CVE 1847840
Capital
$64.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2020
Notario
ALBERTO ORTEGA JIRON
Domicilio
San Fernando

Sociedad

Capital
$64.000.000 CLP
Domicilio
Rengo
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La realización de todo tipo de inversiones y negocios en todo tipo de bienes, materiales o inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación y la percepción de sus frutos, establecimientos comerciales; b) La explotación de predios agrícolas propios y arrendados, y la comercialización de productos del agro en general, así como la explotación por cuenta propia o ajena de predios rústicos mediante labores de siembra, cultivo, plantación u otro; c) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos de mecánica, electricidad y electrónica; d) La compraventa, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas, mecánicos, eléctricos, neumáticos, accesorio para todo tipo de vehículo, maquinarias y piezas; e) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería mecánica y mecánica en general, por cuenta propia o ajena, y en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y mecánica en general; f) Contratista y subcontratista en obras mecánicas y de ingeniería, y de cualquier obra o técnica de ingeniería y mecánica que exista en la actualidad o en el futuro; g) Desarrollar actos de capacitación, docencia o asesorías, técnicas, y de toda índole en el área de la mecánica e ingeniería en general, pudiendo al efecto y sin que sea taxativo ejecutar e implementación de todo tipo de proyectos relacionados en la actualidad o en el futuro con los fines anteriores, por cuenta propia o de terceros, y si corresponde, participar en licitaciones, concursos públicos, contratación directa o cualquier otro tipo de acto jurídico que se establezca en el futuro, para cumplir las actividades referidas; h) La compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas, mecánicos, eléctricos y agroindustriales; i) La compra, venta, distribución y comercialización al por mayor o al detalle de frutos y productos agrícolas, frutos del país y la importación y exportación de éstos; j) El transporte de carga terrestre, nacional e internacional, ejecutado con vehículos propios, arrendados o de terceros; así como la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; k) El transporte de personas para todo tipo de instituciones, organismos, empresas, familias y particulares, dentro o fuera del país, mediante el uso de buses, microbuses, taxis u otro tipo de vehículos de locomoción colectiva, particulares, propios, arrendados o de terceros; l) Todo tipo de negocios en general; y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; m) En general, realizar cualquier otra actividad relacionada o no con las indicadas, que los socios acuerden por escrito. Se entiende asimismo dentro del objeto todos los actos que sean necesarios para el mejor desenvolvimiento de las actividades que constituyen el objeto y de aquellas que se relacionen con los rubros mencionados y que los socios acuerden

Administración

La administración de la sociedad y el uso completo y total de la razón social corresponderá a él o los administradores o en su caso, a el o los Gerentes General conforme se señalará, quien podrá ejercerla por sí mismo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ORTEGA JIRON, Notario Público San Fernando, Chillán 620, certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de Octubre de 2020, ante mí, EDUARDO ANDRES CANEO MUÑOZ, y doña JOSELYN ANDREA GUTIÉRREZ SOTO, ambos domiciliados en domiciliado en Las Raíces, número cuatrocientos siete, Villa El Salvador, comuna de Rengo, constituyeron sociedad por acciones en los siguientes términos: Razón Social: “INVERSIONES C Y G SpA” .- Objeto: a) La realización de todo tipo de inversiones y negocios en todo tipo de bienes, materiales o inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación y la percepción de sus frutos, establecimientos comerciales; b) La explotación de predios agrícolas propios y arrendados, y la comercialización de productos del agro en general, así como la explotación por cuenta propia o ajena de predios rústicos mediante labores de siembra, cultivo, plantación u otro; c) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos de mecánica, electricidad y electrónica; d) La compraventa, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas, mecánicos, eléctricos, neumáticos, accesorio para todo tipo de vehículo, maquinarias y piezas; e) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería mecánica y mecánica en general, por cuenta propia o ajena, y en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y mecánica en general; f) Contratista y subcontratista en obras mecánicas y de ingeniería, y de cualquier obra o técnica de ingeniería y mecánica que exista en la actualidad o en el futuro; g) Desarrollar actos de capacitación, docencia o asesorías, técnicas, y de toda índole en el área de la mecánica e ingeniería en general, pudiendo al efecto y sin que sea taxativo ejecutar e implementación de todo tipo de proyectos relacionados en la actualidad o en el futuro con los fines anteriores, por cuenta propia o de terceros, y si corresponde, participar en licitaciones, concursos públicos, contratación directa o cualquier otro tipo de acto jurídico que se establezca en el futuro, para cumplir las actividades referidas; h) La compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas, mecánicos, eléctricos y agroindustriales; i) La compra, venta, distribución y comercialización al por mayor o al detalle de frutos y productos agrícolas, frutos del país y la importación y exportación de éstos; j) El transporte de carga terrestre, nacional e internacional, ejecutado con vehículos propios, arrendados o de terceros; así como la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; k) El transporte de personas para todo tipo de instituciones, organismos, empresas, familias y particulares, dentro o fuera del país, mediante el uso de buses, microbuses, taxis u otro tipo de vehículos de locomoción colectiva, particulares, propios, arrendados o de terceros; l) Todo tipo de negocios en general; y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; m) En general, realizar cualquier otra actividad relacionada o no con las indicadas, que los socios acuerden por escrito. Se entiende asimismo dentro del objeto todos los actos que sean necesarios para el mejor desenvolvimiento de las actividades que constituyen el objeto y de aquellas que se relacionen con los rubros mencionados y que los socios acuerden.- Domicilio: Rengo, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Capital: $64.000.000.- dividido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie y valor, que representan el cien por ciento del capital social, que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso completo y total de la razón social corresponderá a él o los administradores o en su caso, a el o los Gerentes General conforme se señalará, quien podrá ejercerla por sí mismo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en contrato extractado. San Fernando, 12 de noviembre de 2020.