Inmobiliaria y Turismo Macal Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2020
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, doña MARÍA DEL PILAR CERDA PLANELLA, doña MARÍA DEL PILAR LIRA CERDA, doña JOSEFINA LIRA CERDA, y doña CLARA FRANCISCA LIRA CERDA, todas domiciliadas para estos efectos en Avenida Santa María N° 5.888, piso 2-A, comuna de Vitacura, Santiago; modificaron la sociedad INMOBILIARIA Y TURISMO MACAL LIMITADA, cuya inscripción corre a fojas 18 número 14 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, correspondiente al año 2012, en el siguiente sentido: dividiéndola en tres sociedades, una que será ella misma, continuadora legal de la actual sociedad, con su misma personalidad jurídica; y otras dos sociedades que se constituyen a consecuencia de la división, cuyas razones sociales serán: “Inmobiliaria Macal Limitada” y “Servicios Macal Limitada”. A las nuevas sociedades se les asignan los activos y pasivos singularizados en la escritura que extracto y se les distribuye la parte del patrimonio social que allí se indica. Por tanto, se modifican los estatutos de INMOBILIARIA Y TURISMO MACAL LIMITADA, a efectos de disminuir el capital social producto de la división, de la suma actual de $1.000.000.- a la suma de $200.000.-, es decir, se acuerda una disminución de capital de $800.000.-. En consecuencia, se reemplaza el artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Cuarto: El capital social es la suma de $200.000, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: Uno) Doña María del Pilar Cerda Planella, la cantidad de $198.000, íntegramente pagados, a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad, y que corresponde al 99% de los derechos sociales; Dos) Doña María Del Pilar Lira Cerda, la cantidad de $680, íntegramente pagados, a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad, y que corresponde al 0,34% de los derechos sociales; Tres) Doña Josefina Lira Cerda, la cantidad de $660, íntegramente pagados, a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad, y que corresponde al 0,33% de los derechos sociales; Cuatro) Doña Clara Francisca Lira Cerda, la cantidad de $660, íntegramente pagados, a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad, y que corresponde al 0,33% de los derechos sociales”. Demás estipulaciones en escritura extractada. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el texto de los estatutos de la sociedad, en especial la limitación de responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Septiembre de 2020. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.