MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CHANDIA RUIZ CONSTRUCCIONES LIMITADA

RUT 76218753-1 CVE 1847641
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2020
Notario
PABLO MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Valparaíso

Sociedad

Domicilio
VALPARAISO
Duración
cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno

Objeto social

la compra y venta de inmuebles, ya sea, mediante el sistema de subsidio habitacional que otorga el Ministerio de Vivienda y Urbanismo a través del SERVIU, con o sin crédito hipotecario; la compra a través de adjudicaciones en remate; promoción de negocios, inversiones, construcciones y planes habitacionales, asesorías en los mismos, administración, arrendamiento y corretaje, por cuenta propia o ajena. La construcción y demolición de edificios, construcción de condominios por cuenta propia o ajena; urbanización de predios; compra y venta de bienes muebles; compra y venta de automóviles, repuestos y accesorios, por cuenta propia o ajena; la representación de firmas nacionales y extranjeras en el rubro de la construcción; el diseño y la arquitectura en general; y cualquier otro que los socios acuerden

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ, quien para obligar a la sociedad deberá anteponer a su firma la razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Valparaíso, Prat 856, CERTIFICO: Por Escritura Pública de 12 de Noviembre de 2020, ante mí, don GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad y Rut número 10.322.155-2, domiciliado para estos efectos en Martinez Salvatierra mil ochenta y uno, Los Almendros, Reñaca, Viña del Mar, de paso en ésta, quien comparece por sí y en representación de la empresa “GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ CONSTRUCCIONES E.I.R.L.”, RUT: 76.218.753-1, del mismo domicilio anterior; y don FELIPE ANDRÉS ESPINOZA TRIGO, chileno, soltero, arquitecto, cédula nacional de identidad y Rut número 17.181.612-2, domiciliado para estos efectos en Yerbas Buenas trescientos cuarenta y cinco, departamento dos, Los Andes, de paso en ésta, aclararon, rectificaron, modificaron y fijaron texto refundido de la sociedad CHANDIA RUIZ CONSTRUCCIONES LIMITADA.- ACLARACION. los comparecientes, aclaran que los actuales y únicos socios de la sociedad “CHANDIA RUIZ CONSTRUCCIONES LIMITADA”, son don GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ y don FELIPE ANDRÉS ESPINOZA TRIGO”, y no como erróneamente se indicó en la escritura pública de transformación de sociedad de fecha tres de abril de dos mil diecinueve, otorgada el Notario de Valparaíso doña Patricia Rodríguez Carmona, suplente del titular don Alejandro Sepúlveda Valenzuela.- RECTIFICACION Y MODIFICACIONES: Se modifican las cláusulas Segunda, y cuarta de la escritura de transformación de sociedad, relativas a los socios y al capital de la sociedad, las que en definitiva quedan redactadas de la siguiente manera: “SEGUNDA: En este acto y por el presente instrumento don GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ y don FELIPE ANDRÉS ESPINOZA TRIGO, en conformidad con lo dispuesto en el artículo catorce de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, vienen en transformar la Empresa Individual de Responsabilidad Limita GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ CONSTRUCCIONES E.I.R.L., en una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus posteriores modificaciones y por las normas pertinentes de loa Códigos de comercio y Civil”.- “CUARTO: AUMENTO DE CAPITAL.- Por el presente instrumento los socios GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ y don FELIPE ANDRÉS ESPINOZA TRIGO, vienen en acordar el aumento de capital social de la sociedad CHANDIA RUIZ CONSTRUCCIONES LIMITADA, de cincuenta millones de pesos a sesenta millones de pesos, capital que es íntegramente suscrito y pagado por sus socios, de la siguiente forma: Uno) Don GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ, aporta cincuenta y nueve millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social; íntegramente pagado y enterado en caja social; Dos) Don FELIPE ANDRÉS ESPINOZA TRIGO, aporta seiscientos mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social; íntegramente pagado y enterado en caja social.- Los socios limitan su responsabilidad en esta sociedad, hasta el monto de sus respectivos aportes.” TEXTO REFUNDIDO: NOMBRE: La razón social de esta sociedad será “CHANDIA RUIZ CONSTRUCCIONES LIMITADA”, pudiendo usar también, incluso ante los bancos e instituciones financieras, Servicios de Impuestos Internos, Servicios de Tesorería, Autoridades del Trabajo y demás reparticiones u organismos públicos o privados, el nombre de fantasía “CHR CONSTRUCCIONES LTDA.”.- Domicilio: VALPARAISO, sin perjuicio de ellos, podrá establecer sucursales en otros puntos del territorio nacional o el extranjero.- Duración: cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno.- Objeto: la compra y venta de inmuebles, ya sea, mediante el sistema de subsidio habitacional que otorga el Ministerio de Vivienda y Urbanismo a través del SERVIU, con o sin crédito hipotecario; la compra a través de adjudicaciones en remate; promoción de negocios, inversiones, construcciones y planes habitacionales, asesorías en los mismos, administración, arrendamiento y corretaje, por cuenta propia o ajena. La construcción y demolición de edificios, construcción de condominios por cuenta propia o ajena; urbanización de predios; compra y venta de bienes muebles; compra y venta de automóviles, repuestos y accesorios, por cuenta propia o ajena; la representación de firmas nacionales y extranjeras en el rubro de la construcción; el diseño y la arquitectura en general; y cualquier otro que los socios acuerden.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ, quien para obligar a la sociedad deberá anteponer a su firma la razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, que las socias aportan y enteran de la siguiente manera: Uno) Don GABRIEL EXEQUIEL CHANDIA RUIZ, aporta cincuenta y nueve millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social; que entera y paga en este acto al contado y dinero efectivo; Dos) Don FELIPE ANDRÉS ESPINOZA TRIGO, aporta seiscientos mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social; que entera y paga en este acto al contado y dinero efectivo.- Los socios limitan su responsabilidad en esta sociedad, hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Valparaíso, 12 de Noviembre 2020:-