CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

A&B ADMINISTRACION Y GESTION INMOBILIARIA SpA

CVE 1847803
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2020
Notario
Christian Alejandro Ortiz Cáceres
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas Nº 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, doña KARINA ANDREA ACUÑA BRUNA, Chilena, Soltera, Ingeniero, con domicilio en Esmeralda número mil quinientos veinticinco Torre B departamento diecisiete, Condominio Parque Mar dos , comuna de El Tabo, Región de Valparaíso constituye una sociedad por acciones como sigue: Razón social "A&B ADMINISTRACION Y GESTION INMOBILIARIA SpA" pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, y en especial ante los bancos, el de "A&B ADMINISTRACION Y GESTION INMOBILIARIA".- El Objeto de la presente sociedad será: El objeto de la sociedad será: a) el desarrollo de proyectos inmobiliarios; adquisición, enajenación, construcción, comercialización y arriendo subarrendamiento, urbanización y otras formas de explotación de inmuebles; desarrollo arquitectónico, urbanístico y de proyectos de especialidades, gestión inmobiliaria y corretaje de propiedades; loteo, subdivisión, construcción, y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; b) adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; c) prestar toda clase de servicios, asesorías y consultorías en ámbitos financieros, económicos, técnicos, de gestión de calidad, administrativos y contables en general a personas naturales y jurídicas vía presencial y a través de Internet; d) la externalización, subcontratación, de personal externo; e) Toda otra actividad que el o los socios acuerden desarrollar. Capital $500.000, dividido en 500 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de noviembre de 2020.