SOCIEDAD SERVICIOS DE RESTAURANTES Y BANQUETERIA EL EQUIPO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2020
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ
- Oficio
- segunda Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Notario Público, titular de la segunda Notaría de Viña del Mar, Arlegui 333, local 111, Certifica: Por escritura de fecha 29 de Octubre de 2020, ante el Notario suplente don Francisco Brain Brain, don OSCAR IGNACIO ROSALES GACITUA, con domicilio en La Fontecilla 277, departamento 409-A La Condes Santiago, cedula de identidad N° 16.660.025-1 y don CRISTIAN CAMILO SUAREZ ORTIZ, cedula de identidad número 26.048.093-1, domiciliado en Lago Las Torres 29, departamento 10202, Quilpué, exponen: que La “SOCIEDAD SERVICIOS DE RESTAURANTES Y BANQUETERIA EL EQUIPO LIMITADA”, RUT: 76.466.239-3, constituida escritura de fecha diecinueve de marzo de dos mil quince, ante el Notario Interino Viña del Mar, Francisco Brain Brain, inscrita Fojas setecientos veintiuno vuelta N° seiscientos treinta y uno, del Registro de Comercio de Viña del Mar del año dos mil quince, publicada en el Diario Oficial el día uno de abril de dos mil quince; modificada por escritura de fecha veintidós de junio de dos mil quince, ante El Notario Público Interino de Viña del Mar, Francisco Brain Brain, inscrita a Fojas mil trescientos noventa y tres vuelta N° mil ciento noventa y ocho, en el Registro Comercio de Viña del Mar, del año dos mil quince; modificada por escritura de fecha seis de noviembre de dos mil quince, ante El Notario Público Interino de Viña del Mar, Francisco Brain Brain, inscrita a Fojas sesenta y dos vuelta N° cincuenta y cuatro Registro Comercio de Viña del Mar, del año dos mil dieciséis; modificada por escritura de fecha catorce de junio de dos mil dieciséis ante el Notario Público Interino Viña del Mar Francisco Brain Brain, inscrita a Fojas mil cuatrocientos treinta y seis N° mil ciento noventa y tres, del Registro Comercio de Viña del Mar del año dos mil dieciséis; modificada por escritura de fecha nueve de junio de dos mil veinte ante el Notario Público de Viña del Mar Francisco Fuenzalida Rodríguez, inscrita a Fojas mil ciento sesenta y cuatro Numero setecientos setenta y cinco, del Registro Comercio de Viña del Mar del año dos mil veinte, complementada modificación por escritura de fecha nueve de julio de dos mil veinte, ante el Notario Público de Viña del Mar Francisco Fuenzalida Rodríguez, inscrita a Fojas mil ciento sesenta y cinco, Número setecientos setenta y seis, del Registro Comercio de Viña del Mar del año dos mil veinte; Que Los actuales socios de la compañía son don CRISTIAN CAMILO SUAREZ ORTIZ y don OSCAR IGNACIO ROSALES GACITUA, siendo titular cada uno de un cincuenta por ciento de los derechos sociales. TRES, de acuerdo a los estatutos sociales, el capital de la sociedad es de “OCHO MILLONES DE PESOS”; que don OSCAR IGNACIO ROSALES GACITUA, cede vende y transfiere, todos sus derechos que tiene o pueda tener en la sociedad referida en la cláusula primera, representativos de un cincuenta por ciento del capital social a don CRISTIAN CAMILO SUAREZ ORTIZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí el total de los derechos cedidos, de manera que éste último pasa a ser el único socio de ella. El precio de la cesión de derechos, es la suma única y total de ocho millones de pesos, que se paga al cedente, en este acto, al contado y en dinero efectivo. El cedente declara haber recibido a su entera satisfacción, la totalidad del precio, dándolo por íntegramente pagado y renunciando expresamente a cualquier acción que pudiera corresponderle. La sociedad responderá de todos los impuestos que como resultados de sus operaciones adeude o pueda adeudar personalmente el socio que se retira, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, y para todos los efectos legales mantendrá el rol único tributario y la antigüedad de la empresa transformada. El cedente y el cesionaria dejan constancia que la cesión que da cuenta este instrumento, comprende tanto la cuota de aporte social del cedente como la parte en los fondos acumulados por concepto de revalorizaciones legales o utilidades no retiradas o cualquier otro concepto que pudiere corresponderle. Por este instrumento, y como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada, don CRISTIAN CAMILO SUAREZ ORTIZ, queda como único socio de la sociedad referida, transformándola en sociedad por acciones, cuyo nombre o razón social será “SOCIEDAD DE RESTAURANTE Y BANQUETERIA EL EQUIPO SPA”, la que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, en especial, por las estipulaciones del siguiente estatuto: sociedad es ““SOCIEDAD DE RESTAURANTE Y BANQUETERIA EL EQUIPO SPA” y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “BANQUETERIA EL EQUIPO SpA.”, con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra. La sociedad tendrá por objeto desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, establecimiento de comida rápida, bares, fuentes de sodas, gelatería, pizzerías y similares, casino y clubes sociales, servicio de comida preparada en forma Industrial, servicio de banquetes, bodas y otras celebraciones, servicios de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, fabricación de galletas pan y productos de pastelería en general, fabricación de productos de confitería, Como también la compra venta de toda clase de artículos de vestir y Souvenir, compra venta de frutas y verduras, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, la instalación y funcionamiento de toda clase de establecimientos comerciales que se relacionen vinculen o cumplan con el objeto social punto y la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fuesen complementarias o anexa al giro principal, la prestación de contratación en chile o en el extranjero de servicios relacionados con la actividad señaladas precedentemente, el uso explotación registro por cuenta propia o ajena tienes comerciales y patentes, fórmulas, procedimiento de fabricación y licencia industriales o comerciale, en general, la sociedad podrá desarrollar y explotar todas aquellas actividades que los socios de común acuerdo determinan. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias que pueda constituir en el futuro en Chile o en el Extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. El capital de la sociedad es la suma de ocho millones de pesos dividido en cuatro mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. La sociedad será administrada por don CRISTIAN CAMILO SUAREZ ORTIZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las más amplias facultades, que están en el artículo decimo del estatuto tendrá las más amplias facultades de administración, Los accionistas se reunirán en juntas ordinarias y extraordinarias. Las juntas ordinarias se celebrarán una vez al año, dentro del cuatrimestre siguiente a la fecha del balance. Al treinta y uno de Diciembre de cada año la sociedad practicará un balance general y un estado de ganancias y pérdidas del respectivo ejercicio comercial. El capital social asciende a la suma de ocho millones de pesos y se encuentra dividido en cuatro mil acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. Don CRISTIAN CAMILO SUAREZ ORTIZ, suscribe en este acto cuatro mil acciones las que han sido íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo. VIÑA DEL MAR, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2020.-