MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES PRAGA SpA

RUT 77077163-3 CVE 1847141
Capital
$2.500.000 CLP
Fecha instrumento
3 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de noviembre de 2020
Notario
MARIA ANGELICA GALAN BAUERLE
Oficio
17° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.500.000 CLP

Administración

Los socios designan como representantes legales de la sociedad y administradores a los señores JUAN CRISTÓBAL DONOSO LARRAIN, SANTIAGO ABEL REÑONES MATEO y ALFREDO NICOLAS ANGULO CHOMALI, debiendo firmar en forma conjunta dos cualesquiera de ellos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA ANGELICA GALAN BAUERLE, Notario Público Titular de la 17° Notaría de Santiago, Ahumada 236 piso 3°, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 03 de noviembre de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de "INVERSIONES PRAGA SpA", celebrada con fecha 02 de octubre de 2020, en la que se acordó lo siguiente: Cesión de Acciones: Don JOSÉ GUILLERMO ACUÑA CRUZ y don JUAN CRISTOBAL DONOSO LARRAÍN ceden y transfieren acciones a don SANTIAGO ABEL REÑONES MATEO y a don ALFREDO NICOLAS ANGULO CHOMALI , en la forma señalada en escritura. Don JOSÉ GUILLERMO ACUÑA CRUZ se retira de la sociedad e ingresan como accionistas don SANTIAGO ABEL REÑONES MATEO y don ALFREDO NICOLAS ANGULO CHOMALI. Capital social: El capital social es de $2.500.000.-, dividido en 250 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, sin valor nominal, suscrito íntegramente por los actuales socios en las siguientes proporciones: don JUAN CRISTÓBAL DONOSO LARRAIN con el 50% de las acciones; don SANTIAGO ABEL REÑONES MATEO con el 25,2% de las acciones; y don ALFREDO NICOLAS ANGULO CHOMALI con el 24,8% de las acciones. Administración y Uso de la razón social: Los socios designan como representantes legales de la sociedad y administradores a los señores JUAN CRISTÓBAL DONOSO LARRAIN, SANTIAGO ABEL REÑONES MATEO y ALFREDO NICOLAS ANGULO CHOMALI, debiendo firmar en forma conjunta dos cualesquiera de ellos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de noviembre de 2020.-