INMOBILIARIA VALLE CENTRAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 10816/2020
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 3 años contados desde la fecha de esta escritura de transformación, el que se renovará tácita, sucesiva y automáticamente por periodos de 6 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma establecida en los estatutos
Objeto social
a) la creación, planificación, desarrollo, construcción, edificación, promoción, implementación, comercialización y ejecución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos o negocios mobiliarios e inmobiliarios, comprendiendo asimismo la adquisición, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, enajenación, disposición, venta, préstamo, bajo cualquier título o acto o contrato, de bienes muebles e inmuebles, ya sea por cuenta propia o ajena o por medio de terceros, tanto en Chile como en el extranjero; b) la inversión, explotación y la obtención de frutos civiles, por cuenta propia o ajena, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, usados, nuevos, arrendados; c) la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, construcción, comercialización, administración y corretaje o cualquier otra forma de explotación en inversión de bienes muebles y raíces, urbanos, rurales o agrícolas, por cuenta propia o ajena, o por medio de terceros, pudiendo adquirir y enajenar derechos sobre ellos o cederlos, constituir gravámenes sobre estos bienes; d) adquirir y enajenar acciones, derechos y participaciones en otras sociedades y cederlos, concurrir, bajo cualquier título a la formación o constitución de otras sociedades, ya sea por cuenta propia o ajena o por medio de terceros, tanto en Chile como en el extranjero, que tengan por objeto cualquier negocio o actividad o proyecto mobiliario e inmobiliario, especialmente aquellos que tengan por objeto cualquier negocio o actividad o proyecto mobiliario e inmobiliario, especialmente aquellos que tengan por objeto la explotación de locales de establecimientos de comercio tales como restaurantes, con o sin patente de alcoholes, diurnos o nocturnos, bares y venta de productos y servicios en general; e) la inversión de dinero en cualquier instrumento financiero o de capital, en bonos, valores debentures, pagarés de tesorería, acciones de cualquier tipo, depósitos a plazo, inversión y participación en sociedades y cualquier tipo de sociedades, ya sea por cuenta propia o ajena o por medio de terceros, tanto en Chile como en el extranjero, sean éstas en moneda nacional o extranjera; operar en el mercado de valores pudiendo otorgar avales o fianzas hipotecarias respecto de operaciones de crédito que soliciten sus socios y en todo lo que los socios acuerden relacionado con lo anterior; y f) en general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación directa o indirectamente, con los rubros mencionados anteriormente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 3 de Noviembre 2020, Repertorio 10816/2020, ante mí, Ignacio Zañartu Stambuk y Arauco Inmobiliaria S.A., ambos domiciliados en calle Benjamín 2.944, piso 4, Las Condes, Región Metropolitana, transformaron Inmobiliaria Valle Central SpA en una sociedad de responsabilidad limitada, fijando los nuevos estatutos sociales. Nombre: INMOBILIARIA VALLE CENTRAL LIMITADA. La administración y el uso de su razón social corresponde al socio Ignacio Zañartu Stambuk, quien la ejerce individualmente con las más amplias facultades contenidas en los estatutos sociales. Capital: $10.000.000, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: a) Arauco Inmobiliaria S.A con la suma de $9.990.000 que ha enterado y pagado íntegramente con cargo a su proporción en el capital social de la sociedad que se transforma; y b) Ignacio Zañartu Stambuk con la suma de $10.000 que ha enterado y pagado íntegramente con cargo a su proporción en el capital social de la sociedad que se transforma. Objeto: a) la creación, planificación, desarrollo, construcción, edificación, promoción, implementación, comercialización y ejecución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos o negocios mobiliarios e inmobiliarios, comprendiendo asimismo la adquisición, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, enajenación, disposición, venta, préstamo, bajo cualquier título o acto o contrato, de bienes muebles e inmuebles, ya sea por cuenta propia o ajena o por medio de terceros, tanto en Chile como en el extranjero; b) la inversión, explotación y la obtención de frutos civiles, por cuenta propia o ajena, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, usados, nuevos, arrendados; c) la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, construcción, comercialización, administración y corretaje o cualquier otra forma de explotación en inversión de bienes muebles y raíces, urbanos, rurales o agrícolas, por cuenta propia o ajena, o por medio de terceros, pudiendo adquirir y enajenar derechos sobre ellos o cederlos, constituir gravámenes sobre estos bienes; d) adquirir y enajenar acciones, derechos y participaciones en otras sociedades y cederlos, concurrir, bajo cualquier título a la formación o constitución de otras sociedades, ya sea por cuenta propia o ajena o por medio de terceros, tanto en Chile como en el extranjero, que tengan por objeto cualquier negocio o actividad o proyecto mobiliario e inmobiliario, especialmente aquellos que tengan por objeto cualquier negocio o actividad o proyecto mobiliario e inmobiliario, especialmente aquellos que tengan por objeto la explotación de locales de establecimientos de comercio tales como restaurantes, con o sin patente de alcoholes, diurnos o nocturnos, bares y venta de productos y servicios en general; e) la inversión de dinero en cualquier instrumento financiero o de capital, en bonos, valores debentures, pagarés de tesorería, acciones de cualquier tipo, depósitos a plazo, inversión y participación en sociedades y cualquier tipo de sociedades, ya sea por cuenta propia o ajena o por medio de terceros, tanto en Chile como en el extranjero, sean éstas en moneda nacional o extranjera; operar en el mercado de valores pudiendo otorgar avales o fianzas hipotecarias respecto de operaciones de crédito que soliciten sus socios y en todo lo que los socios acuerden relacionado con lo anterior; y f) en general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación directa o indirectamente, con los rubros mencionados anteriormente. Duración: 3 años contados desde la fecha de esta escritura de transformación, el que se renovará tácita, sucesiva y automáticamente por periodos de 6 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma establecida en los estatutos. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Otras estipulaciones en escritura extractada. MMO.-