CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FV Minería SpA

CVE 1847139
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de noviembre de 2020
Repertorio
40499-2020
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Las Condes, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de construcción y de ingeniería en materias relacionadas a la actividad minera, el procesamiento de depósitos de cualquier mineral, la comercialización, distribución, transporte y venta de minerales, así como cualquier actividad conducente al cumplimiento de los objetos anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, calle Agustinas N°1.070, piso 2, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 3 noviembre 2020, Repertorio N° 40.499-2020, ante mí, Servicios de Construcción S.A., domiciliada en esta ciudad, Avenida Apoquindo 6.550, oficina 2.101, comuna de Las Condes, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Razón Social: “FV Minería SpA.”, pudiendo usar nombre de fantasía “FVM SpA.” para fines comerciales y publicitarios. Objeto Social: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de construcción y de ingeniería en materias relacionadas a la actividad minera, el procesamiento de depósitos de cualquier mineral, la comercialización, distribución, transporte y venta de minerales, así como cualquier actividad conducente al cumplimiento de los objetos anteriores. Domicilio: comuna de Las Condes, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares de la República o en el extranjero. Capital: $1.000.000, dividido 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una serie, todas de igual valor y sin valor nominal, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en el acto y forma que se indica en escritura extractada. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de noviembre de 2020.