Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 21733-2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 20.190
Objeto social
a) La instalación, administración y explotación de toda clase de plantas y fábricas para la elaboración de accesorios y repuestos para la agricultura, industria y comercio; b) La instalación, administración y explotación de toda clase de plantas y fábricas para la elaboración de productos agroquímicos, incluidas las operaciones sobre productos agroquímicos y materias primas para la fabricación de los mismos; c) La instalación, administración y explotación de toda clase de plantas y fábricas para la elaboración de productos agro textiles los que podrán ser realizados con cualquier materia prima disponible que decida la sociedad; d) Elaboración de productos de fibra sintética; e) Fabricación y comercialización de mallas agro textiles, mantas, plásticos, toldos, bolsas, sacos y envases de todas medidas y tamaños en poliuretano, polivinilo, fibra plástica, fibra natural, textiles o de cualquier otro material, así como toda clase de negocios relacionados a los mismos; f) En general de la realización de todos los negocios, o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las operaciones agrícolas, agroquímicas, agro textiles; g) Compra venta, en todas sus formas, nacionales o extranjeras, incluida la distribución y comercialización de toda clase de mallas agro textiles, sus productos para la industria agrícola y cualquier otra aplicación, incluyendo el procesamiento, envasado, guarda, conservación, maquila embalaje o packing; h) Elaboración de productos de fibra sintética; i) Inversiones en bienes muebles e inmuebles relacionados con el giro principal, percibir frutos y rentas; j) Como consecuencia de su objeto, la sociedad puede ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y, para ello, puede adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, así como su arrendamiento, subarrendamiento, o mera tenencia a cualquier título; participar como socia o accionista de otras sociedades de cualquier naturaleza, y en general ejecutar todos los actos y contratos necesarios y pertinentes a los fines ya indicados o tendientes al desarrollo de su comercio o negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, lo cual puede hacerse en toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular 36ª Notaría de Santiago, La Concepción número 65, Piso 2, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2020, Repertorio Nº 21.733 - 2020, ante mí, LEONARDO MIGUEL DIEZ CONCHA, constituyó Sociedad por Acciones Ley Nº 20.190 de 2007. Nombre: “COMERCIAL AURATEX SpA”. Objeto: a) La instalación, administración y explotación de toda clase de plantas y fábricas para la elaboración de accesorios y repuestos para la agricultura, industria y comercio; b) La instalación, administración y explotación de toda clase de plantas y fábricas para la elaboración de productos agroquímicos, incluidas las operaciones sobre productos agroquímicos y materias primas para la fabricación de los mismos; c) La instalación, administración y explotación de toda clase de plantas y fábricas para la elaboración de productos agro textiles los que podrán ser realizados con cualquier materia prima disponible que decida la sociedad; d) Elaboración de productos de fibra sintética; e) Fabricación y comercialización de mallas agro textiles, mantas, plásticos, toldos, bolsas, sacos y envases de todas medidas y tamaños en poliuretano, polivinilo, fibra plástica, fibra natural, textiles o de cualquier otro material, así como toda clase de negocios relacionados a los mismos; f) En general de la realización de todos los negocios, o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las operaciones agrícolas, agroquímicas, agro textiles; g) Compra venta, en todas sus formas, nacionales o extranjeras, incluida la distribución y comercialización de toda clase de mallas agro textiles, sus productos para la industria agrícola y cualquier otra aplicación, incluyendo el procesamiento, envasado, guarda, conservación, maquila embalaje o packing; h) Elaboración de productos de fibra sintética; i) Inversiones en bienes muebles e inmuebles relacionados con el giro principal, percibir frutos y rentas; j) Como consecuencia de su objeto, la sociedad puede ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y, para ello, puede adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, así como su arrendamiento, subarrendamiento, o mera tenencia a cualquier título; participar como socia o accionista de otras sociedades de cualquier naturaleza, y en general ejecutar todos los actos y contratos necesarios y pertinentes a los fines ya indicados o tendientes al desarrollo de su comercio o negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, lo cual puede hacerse en toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales. Capital: El capital social, asciende a diez millones de pesos dividido en cien acciones, los cuales se enteran, suscriben y pagan por don LEONARDO MIGUEL DIEZ CONCHA, quien suscribe y paga en este acto las cien acciones por un valor total de diez millones de pesos, que paga en dinero en efectivo, ingresándolos en la caja social. De esta suerte, ha quedado totalmente suscrito y pagado al contado el capital inicial de la sociedad. Los accionistas responden hasta el monto de sus respectivos aportes a la sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 06 de Noviembre 2020.