AGRICOLA Y FRUTICOLA PELALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- 10 años contados escritura constitución, plazo que se entenderá renovado automáticamente por periodos iguales y sucesivos de5 años cada uno de ellos, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner termino a la sociedad con una anticipación de a lo menos 4 meses al termino del plazo originalmente estipulado o de su prorroga, según sea del caso
Objeto social
explotación agrícola y frutícola, por cuenta propia o de terceros, de predios rústicos, propios o ajenos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos del agro en general; compraventa, al por mayor y menor, de productos agrícolas y frutícolas, sea por cuenta propia o de terceros; la celebración de todo negocio relacionado con el agro y la producción frutícola; y la celebración de todos los actos y contratos y convenciones necesarias tendientes al mejor cumplimiento del objeto social y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, sea por cuenta propia o de terceros; y cualquier otro negocio que acordaren los socios y que se relacione con el giro social
Administración
corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo a sus firma la razón social la representarán con las más amplias facultades y la obligarán en toda clase de actos, contratos, convenciones y negocios jurídicos de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 09 de noviembre de 2020, otorgada ante mí, don ROBERT LOUIS VINET HOMAR y doña MARIA PAULA BRAND FONTANET, ambos domiciliados Temuco, Máximo Reyes N°02239, casa 3, constituyeron sociedad responsabilidad limitada.- Razón Social: "AGRICOLA Y FRUTICOLA PELALES LIMITADA", nombre fantasía "FRUTICOLA PELALES LTDA.”.- Domicilio: Temuco.- Objeto: explotación agrícola y frutícola, por cuenta propia o de terceros, de predios rústicos, propios o ajenos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos del agro en general; compraventa, al por mayor y menor, de productos agrícolas y frutícolas, sea por cuenta propia o de terceros; la celebración de todo negocio relacionado con el agro y la producción frutícola; y la celebración de todos los actos y contratos y convenciones necesarias tendientes al mejor cumplimiento del objeto social y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, sea por cuenta propia o de terceros; y cualquier otro negocio que acordaren los socios y que se relacione con el giro social.- Administración: corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo a sus firma la razón social la representarán con las más amplias facultades y la obligarán en toda clase de actos, contratos, convenciones y negocios jurídicos de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Capital social: $10.000.000, que se aportan y enteran por socios siguiente manera: Uno) Socio don ROBERT LOUIS VINET HOMAR, aporta $5.000.000, que entera y enterará: a) Con $1.000.000 en acto escritura en dinero efectivo; y b) Con $4.000.000 que enterará dinero efectivo, especies muebles, capitalización utilidades, en 5 años a contar fecha suscripción escritura extractada, y medida que las necesidades sociales así lo requieran; Dos) Socia MARIA PAULA BRAND FONTANET, aporta $5.000.000, que entera y enterará: a) Con $1.000.000 en acto escritura en dinero efectivo; y b) Con $4.000.000 que enterará dinero efectivo, especies muebles, capitalización utilidades, en 5 años a contar fecha suscripción escritura extractada, y medida que las necesidades sociales así lo requieran. Duración: 10 años contados escritura constitución, plazo que se entenderá renovado automáticamente por periodos iguales y sucesivos de5 años cada uno de ellos, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner termino a la sociedad con una anticipación de a lo menos 4 meses al termino del plazo originalmente estipulado o de su prorroga, según sea del caso.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 11 de noviembre 2020.-