MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES NARVAL LIMITADA

RUT 77342120-K CVE 1846208
Fecha instrumento
19 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de octubre de 2020
Repertorio
141471-2020
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público, Titular de la 38 Notaría de Santiago, Miraflores 178, Quinto Piso, certifico: Que por escritura 19 de octubre de 2020, Repertorio N°141.471-2020, ante mí, FRANCESCA ROMANA DI GIROLAMO ARMANET, por si, geógrafa, domiciliada en Juan XXIII 6699, departamento 303, Vitacura; EUGENIA ANGÉLICA SILVIA ÁGUILA GARAY, profesora, domiciliada en Javier de la Rosa 4280, departamento 30, Las Condes, en representación de IVÁN VÍCTOR JADRESIC ÁGUILA, músico, domiciliado Juan XXIII 6699, departamento 303, Vitacura, en su calidad de representante común en Sociedad de Inversiones Narval Limitada de los herederos quedados fallecimiento Alejandro Daslav Jadresic Marinovic, Iván Víctor Jadresic, Águila Caterina Jadresic Águila y Francesca Romana Di Girolamo Armanet, estos 3 domiciliados en Juan XXIII 6699, departamento 303, Vitacura, y DANIEL TOMÁS REBOLLEDO DI GIROLAMO, por si, sociólogo, domiciliado en Luis Amundsen 2265, departamento 11, Providencia, únicos socios SOCIEDAD DE INVERSIONES NARVAL LIMITADA, constituida 9 junio 1999, ante Notario Santiago, Juan Ricardo san Martín Urrejola, inscrita fs. 16.706, Nº 13.284, Registro Comercio Santiago, 1999. La sociedad se modificó 14 de agosto 2020, ante Notaría Santiago María Soledad Láscar Merino, inscrita a fs. 57.744, Nº 27.432, Registro Comercio Santiago, modificaron pacto social en lo siguiente: Herederos Alejandro Daslav Jadresic Marinovic, representados por EUGENIA ANGÉLICA SILVIA ÁGUILA GARAY, en virtud de artículo 2105 Código Civil, por razones de continuidad y buen funcionamiento de sociedad, y sin perjuicio de adjudicación definitiva de derechos, ejercen el derecho de incorporarse, de consuno, en sociedad, sobre la totalidad de los derechos que en ésta le correspondían al causante. FRANCESCA ROMANA DI GIROLAMO ARMANET vende, cede y transfiere el 0,1% derechos sociales a DANIEL TOMÁS REBOLLEDO DI GIROLAMO, quien compra, acepta y adquiere para sí pagando por concepto precio cesión de $350.000, pagados al contado. Consecuencia cesión únicos socios: herederos Alejandro Daslav Jadresic Marinovic, representados por EUGENIA ANGÉLICA SILVIA ÁGUILA GARAY, DANIEL TOMÁS REBOLLEDO DI GIROLAMO y FRANCESCA ROMANA DI GIROLAMO ARMANET, acuerdan introducir modificación a estatutos sociales: a) Reemplazar Artículo Cuarto estatutos sociales por siguiente: Artículo Cuarto: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde exclusivamente a la socia doña Francesca Romana Di Girolamo Armanet, con las mismas facultades establecidas en el estatuto social. En lo no modificado se mantiene inalterada la sociedad. Santiago, 09 de Noviembre de 2020.- DOY FE.-