SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HERMANOS DIAZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2020
- Notario
- JESÚS OSSES REVECO
- Oficio
- Segunda Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- La Serena. Responsabilidad: Limitada al
- Duración
- 3 años renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término, todo con una anticipación mínima de seis meses
Objeto social
a) El ejercicio de toda actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, productos y maquinarias, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras; b) La importación, exportación, comercialización, distribución y venta al por mayor o al detalle de todo tipo de bebidas analcohólicas y alcohólicas, explotación de locales de botillerías, y toda la producción, compraventa, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, agua, bebidas analcohólicas y alcohólicas, la elaboración, almacenamiento y envasado de agua, bebidas, licores, vinos y rubros afines; servicios de logística, bodegaje y transporte en vehículos propios o ajenos; maquila de productos a terceros, envasado, etiquetado, sellado, promociones, dosificado en botellas, bolsas, sachet, etc.; c) Inversión en toda clase de actividades económicas comerciales, industriales, agrícolas, bienes raíces, marcas registradas, uso de licencias permitidas, royalties, privilegios, patentes de invención, relacionados con los rubros relacionados, extractivas, prestación de servicios, importación y exportación productos elaborados y semielaborados o materias primas; y d) La realización de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá arrendar, adquirir, enajenar o comercializar a cualquier título bienes raíces urbanos y)o rurales, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendamiento, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; construir por cuenta propia o ajena, de todo tipo de viviendas e inmuebles, obras y edificios, incluso económicas sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas; la explotación de dichos bienes; aportar, reunir o suscribir capital necesario para promover y)o desarrollar empresas o negocios inmobiliarios; y, en general toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios decidan de común acuerdo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESÚS OSSES REVECO, Abogado, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría de La Serena, según Resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, de fecha ocho de Abril del dos mil veinte y Decreto Económico número treinta y uno del Primer Juzgado de Letras de La Serena, de fecha ocho de Abril del año dos mil veinte, con domicilio en calle Gregorio Cordovez N° 588 local 108, comuna de La Serena certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, don PATRICIO NICOLÁS DÍAZ ARAYA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, domiciliado en Pasaje Luisa Kneer número mil doscientos treinta y dos, San Joaquín, La Serena; y don LUIS JAMEL DIAZ ARAYA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero en administración de empresas, domiciliado en Rebecca Matte número mil doscientos cuarenta y ocho, La Serena, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Objeto: a) El ejercicio de toda actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, productos y maquinarias, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras; b) La importación, exportación, comercialización, distribución y venta al por mayor o al detalle de todo tipo de bebidas analcohólicas y alcohólicas, explotación de locales de botillerías, y toda la producción, compraventa, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, agua, bebidas analcohólicas y alcohólicas, la elaboración, almacenamiento y envasado de agua, bebidas, licores, vinos y rubros afines; servicios de logística, bodegaje y transporte en vehículos propios o ajenos; maquila de productos a terceros, envasado, etiquetado, sellado, promociones, dosificado en botellas, bolsas, sachet, etc.; c) Inversión en toda clase de actividades económicas comerciales, industriales, agrícolas, bienes raíces, marcas registradas, uso de licencias permitidas, royalties, privilegios, patentes de invención, relacionados con los rubros relacionados, extractivas, prestación de servicios, importación y exportación productos elaborados y semielaborados o materias primas; y d) La realización de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá arrendar, adquirir, enajenar o comercializar a cualquier título bienes raíces urbanos y/o rurales, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendamiento, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; construir por cuenta propia o ajena, de todo tipo de viviendas e inmuebles, obras y edificios, incluso económicas sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas; la explotación de dichos bienes; aportar, reunir o suscribir capital necesario para promover y/o desarrollar empresas o negocios inmobiliarios; y, en general toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios decidan de común acuerdo. Razón social: “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA HERMANOS DIAZ LIMITADA”, nombre fantasía: "SOCIEDAD HERMANOS DIAZ LTDA.”. Administración y uso razón social: corresponderá a don PATRICIO NICOLÁS DÍAZ ARAYA, y a don LUIS JAMEL DIAZ ARAYA, quienes podrán actuar conjuntamente y/o separadamente e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representarán con las más amplias facultades, con ciertas limitaciones establecidas en la escritura extractada debiendo actuar conjuntamente. Capital: $6.000.000.- que los socios enteran de la siguiente forma: a) Don PATRICIO NICOLÁS DÍAZ ARAYA, aporta la suma de tres millones seiscientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en la caja social, y que equivalen al sesenta por ciento del capital de la sociedad; y b) Don LUIS JAMEL DIAZ ARAYA, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en la caja social, y que equivalen al cuarenta por ciento del capital de la sociedad. Duración: 3 años renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término, todo con una anticipación mínima de seis meses. Domicilio: La Serena. Responsabilidad: Limitada al aporte. Demás estipulaciones escritura extractada.- La Serena, 29 de octubre de 2020.-