Propiedades Nueva Las Condes SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 12793
- Notario
- Notario Suplente de MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación servicios, asesoría y desarrollo, fabricación, distribución, importación y exportación y comercialización de ingenios, sistemas, herramientas y equipos tecnológicos en el ámbito de la aviación, ingeniería, computación e informática, por cuenta propia, de terceros o asociados a éstos; la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades y la representación de empresas nacionales y extranjeras y las demás actividades necesarias y conducentes que acuerden los socios para el desarrollo de los giros antes indicados.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA LUISA VERA JERALDO, Notario Suplente de MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la 21 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 9 de noviembre de 2020, otorgada ante mí, Repertorio Nº 12.793.-, PABLO ANDRÉS ANDALAFT TARODO, único accionista de “PROPIEDADES NUEVA LAS CONDES SpA”, sociedad inscrita a fojas 86056 Nº 44151 Registro Comercio Santiago año 2018, modificó sociedad y sus estatutos: Se modificó el Artículo Primero de los estatutos sociales y cambia la razón social de la sociedad a “HEAVENLY TECH SpA”; Se modifica también el objeto social, reemplazándose el Artículo Tercero de estatutos, por el siguiente “ARTÍCULO TERCERO. Objeto. El objeto de la sociedad será la prestación servicios, asesoría y desarrollo, fabricación, distribución, importación y exportación y comercialización de ingenios, sistemas, herramientas y equipos tecnológicos en el ámbito de la aviación, ingeniería, computación e informática, por cuenta propia, de terceros o asociados a éstos; la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades y la representación de empresas nacionales y extranjeras y las demás actividades necesarias y conducentes que acuerden los socios para el desarrollo de los giros antes indicados.”. Demás estipulaciones y modificaciones en escritura extractada.