MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES TANKARA LIMITADA

RUT 76055591-6 CVE 1844523
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de abril de 2009

Instrumento

Fecha
22 de abril de 2009
Notario
RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
Domicilio
Iquique

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, A. Pinto N°555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZÁLEZ GAMBOA, Gorostiaga N°150, Iquique, modifican sociedad INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., constituida fecha 22 de Abril de 2009 ante Notario Público Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita a fojas 427, N°407, Registro de Comercio año 2009 Conservador Bienes Raíces Iquique, sentido que, actuales socios acuerdan modificar la cláusula QUINTA pacto social constitutivo, sentido de que, vienen en aumentar capital social $100.000.000, a la suma de $220.000.000, diferencia que se enteran siguiente forma: Uno) Socios YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, y MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, quienes efectúan un aporte de capital ascendente a la suma de $54.000.000, en partes iguales, es decir $27.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, por cada uno de ellos, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $77.000.000. Dos) Con ingreso a la sociedad como nuevos socios, de YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y de EDUARDO ALAJENDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, quienes aportan al capital social, la suma $33.000.0000, cada uno, en este acto, al contado, en dinero efectivo que ingresa en caja social. En consecuencia con los aportes efectuados, sociedad queda constituida por siguientes socios YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALAJENDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA. En consecuencia, del ingreso de socios, y aumento capital, actuales socios acuerdan modificar cláusula QUINTA pacto social, quedando dicha cláusula de la siguiente forma: “QUINTA: El capital de la sociedad es la suma de $220.000.000, que los socios aportan y enteran siguiente forma: a) YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, aporta la suma de $77.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; b) MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, aporta la suma de $77.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; c) YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $33.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social; y d) Don EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $33.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social.-” Además, socios ratifican cláusula Cuarta pacto social constitutivo, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE. En todo lo no modificado, queda vigente pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 28 Octubre de 2020.-