SERVICIOS LOGÍSTICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2020
- Repertorio
- 16562-2020
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 28 de octubre de 2020, repertorio N° 16.562-2020, otorgada ante mí, (i) AEROSAN AIRPORT SERVICES S.A., domiciliada para efectos de escritura extractada en Av. Apoquindo 4800, Torre II, piso 18, Las Condes; (ii) AMERICAN AIRLINES, INC., domiciliada para efectos de escritura extractada en Rosario Norte 407, local 3, Las Condes; y (iii) SAAM LOGISTICS S.A., domiciliada para efectos de escritura extractada en Av. Apoquindo 4800, Torre II, piso 18, Las Condes, modificaron los estatutos de la sociedad SERVICIOS LOGÍSTICOS LIMITADA (inscrita a fs. 699 N° 443 Reg. Comercio Stgo. 2006, en adelante, la “Sociedad”) en los siguientes términos: El socio AMERICAN AIRLINES, INC. vendió, cedió y transfirió el total de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a un 1% del capital social de la Sociedad, en la suma de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América, a SAAM LOGISTICS S.A. Como consecuencia de dicha cesión, AMERICAN AIRLINES, INC. se retiró de la Sociedad quedando como únicos socios AEROSAN AIRPORT SERVICES S.A. y SAAM LOGISTICS S.A. En razón de lo anterior, se reemplazó artículo quinto de los estatutos sociales, quedando este como sigue: “QUINTO: El capital social es la cantidad de setenta millones de pesos, el que ha sido íntegramente pagado y enterado a esta fecha y que pertenece a los socios en los siguientes montos y proporciones: Uno/ Aerosan Airport Services S.A., dueña de un noventa y ocho por ciento del haber social, equivalente a sesenta y ocho millones seiscientos mil pesos; y Dos/ SAAM Logistics S.A., dueña de un dos por ciento del haber social, equivalente a un millón cuatrocientos mil pesos.”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Responsabilidad de socios está limitada a monto de aportes respectivos.- Santiago, 04 de noviembre de 2020.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público.-