Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2020
- Repertorio
- 2923
- Notario
- SERGIO JARA CATALAN
- Oficio
- 67 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Es de 5 años, contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se renovará automática y sucesivamente por igual número de años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de cada período, lo que deberá hacer mediante declaración reducida a escritura pública e inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción de los estatutos sociales en el mismo Registro, dentro de 90 días anteriores a la fecha de vencimiento del período
Objeto social
a) El desarrollo, por cuenta propia o a través de terceros, de toda clase y tipo de proyectos u obras de ingeniería, construcción, geomensura y arquitectura; b) Ejecutar, por cuenta propia o a través de terceros, toda clase de obras civiles, caminos, puentes, túneles, asfaltos o cualquier tipo de obra relacionada con la construcción; c) El arrendamiento, compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización y)o representación, la fabricación y elaboración de cualquier tipo y clase de productos, bienes, materiales, insumos, repuestos, piezas, y mercaderías, es especial de equipos, dispositivos o maquinarias de ingeniería o de construcción; d) Asesorías, consultorías, estudios, análisis, protocolos, procedimientos, planes, programas, informes y reglamentos de todo tipo en materia de la ingeniería y la construcción, por cuenta propia o ajena; d) La capacitación, investigación, estudios, conferencias, seminarios, charlas, así como la elaboración, por cuenta propia o ajena, de toda clase de proyectos para o con el sector público o privado sean entidades nacionales o extranjeras; e) La inversión de capitales, en toda clase bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en derechos en todo tipo de sociedades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; f) La inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; y g) Cualquiera otra actividad que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con giros anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO JARA CATALAN, Abogado, Notario Público Titular 67 Notaría de Santiago, Av. Príncipe de Gales 5841, La Reina, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, Repertorio Nº 2.923, accionistas PATRICIO IGNACIO ENCINA ZÚÑIGA, ingeniero comercial C.I.Nº 14.153..037-2, con domicilio en Avenida Ossa N° 1156 departamento 304-4, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana y Rosa Angélica Zúñiga Calderón, ingeniero, C.I.Nº 7.203.867-3, con domicilio en Avenida Ossa N° 1156 departamento 304-4, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: NEUZ SpA. Objeto: a) El desarrollo, por cuenta propia o a través de terceros, de toda clase y tipo de proyectos u obras de ingeniería, construcción, geomensura y arquitectura; b) Ejecutar, por cuenta propia o a través de terceros, toda clase de obras civiles, caminos, puentes, túneles, asfaltos o cualquier tipo de obra relacionada con la construcción; c) El arrendamiento, compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización y/o representación, la fabricación y elaboración de cualquier tipo y clase de productos, bienes, materiales, insumos, repuestos, piezas, y mercaderías, es especial de equipos, dispositivos o maquinarias de ingeniería o de construcción; d) Asesorías, consultorías, estudios, análisis, protocolos, procedimientos, planes, programas, informes y reglamentos de todo tipo en materia de la ingeniería y la construcción, por cuenta propia o ajena; d) La capacitación, investigación, estudios, conferencias, seminarios, charlas, así como la elaboración, por cuenta propia o ajena, de toda clase de proyectos para o con el sector público o privado sean entidades nacionales o extranjeras; e) La inversión de capitales, en toda clase bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en derechos en todo tipo de sociedades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; f) La inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; y g) Cualquiera otra actividad que se relacione, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con giros anteriores. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, representaciones, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Es de 5 años, contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se renovará automática y sucesivamente por igual número de años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de cada período, lo que deberá hacer mediante declaración reducida a escritura pública e inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción de los estatutos sociales en el mismo Registro, dentro de 90 días anteriores a la fecha de vencimiento del período. Capital: $1.000.000 dividido y representado en 100 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se entera, suscribe y paga de la siguiente manera: PATRICIO IGNACIO ENCINA ZÚÑIGA, suscribe 50 acciones por la suma de $500.000, a razón de $10.000 por cada acción, cantidad que paga en este acto y al contado siendo ingresada en caja social con esta fecha y ROSA ANGÉLICA ZÚÑIGA CALDERÓN, suscribe 50 acciones por la suma de $500.000, a razón de $10.000 por cada acción, cantidad que paga en este acto y al contado siendo ingresada en caja social con esta fecha. Administración y Uso Razón Social: La representación y administración de la sociedad, como el uso de la razón social corresponderá indistintamente a PATRICIO IGNACIO ENCINA ZÚÑIGA o ROSA ANGÉLICA ZÚÑIGA CALDERÓN, quienes actuando en forma separada uno cualquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, ejercerán la representación con el alcance necesario y suficiente para la adecuada administración y operación de la sociedad, con facultades y atribuciones mencionadas en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 octubre 2020-11-05.