MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Forestal e Inversiones Huincapalihue Limitada

RUT 76524659-8 CVE 1843739
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2020
Notario
RODRIGO SANHUEZA RIOS
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SANHUEZA RIOS, abogado, Notario Público de Temuco, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, con oficio en calle Arturo Prat 770, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 2020, ante mí, Margarita Elizabeth Atton Bohn, chilena, soltera, comerciante, departamento 12 Edificio Uno Los Robles del Condominio Los Pablos, Avenida Los Pablos 1950 Temuco, y Ricardo Javier Vega Atton, chileno, soltero, empresario, Avenida Martin Lutero 03006 Casa 93, Mirador del Portal Temuco. Por E.P. 17de febrero 2010, otorgada ante el notario de Temuco Humberto Toro Martínez Conde, los comparecientes, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “Forestal e Inversiones Huincapalihue Limitada”. Capital inicial $5.000.000.- Un extracto de la escritura social se inscribió a fojas 399, número 364, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2010, y se publicó en el D.O. edición 39.633 del día 12 de abril 2010. Por el presente acto e instrumento, los referidos socios vienen en modificar tal sociedad, en el siguiente sentido: Uno) En su cláusula sexta, se aumenta el capital social, de $5.000.000.- a la suma de $466.000.000.- en la siguiente forma: El socio Margarita Elizabeth Atton Bohn, suscribe y paga el aumento de capital precedente mediante el aporte en dominio de los siguientes inmuebles: A) La nuda propiedad del DEPARTAMENTO NUMERO DOCE del primer piso y la BODEGA NUMERO DIECISEIS de la mansarda, ambos del Edificio Uno Los Robles del Condominio Los Pablos ubicado en Avenida Los Pablos número 1950 de esta ciudad de Temuco, edificio que se encuentra construido en el Lote Dos punto A PUNTO UNO A RAYA DOS, de una superficie de 12.100 metros cuadrados, polígono Q guion R guion S guion T guion Q, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE: línea S raya T en 110,00 con lote dos punto A punto Uno A raya uno de este plano; SUR: línea Q raya R en 110,00 metros, con lote dos punto A punto Uno A raya Uno de este plano; ORIENTE: línea Q raya T en 110,00 metros, con Avenida Los Pablos; y PONIENTE: línea R raya S en 110,00 metros con lote dos punto A punto Uno A raya Uno de este plano. El departamento tiene una superficie útil de 83,75 metros cuadrados; una superficie común de 13,7241 metros cuadrados; una superficie total de 97,4741 metros cuadrados.- La bodega tiene una superficie útil de 3,48 metros cuadrados; una superficie común de 0,2212 metros cuadrados; una superficie total de 3,7012 metros cuadrados. Se incluyen en la venta los derechos que correspondan en los bienes comunes del edificio. La aportante Margarita Elizabeth Atton Bohn se reserva el usufructo vitalicio sobre el departamento número doce y sobre la bodega número dieciséis. La nuda propiedad se cede sobre los cuerpos ciertos ya referidos, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, libre de todo gravamen, prohibición o embargo, salvo los constituidos por este instrumento. Se libera, a la usufructuaria, de la obligación de rendir caución de conservación y de restitución, y de practicar inventario solemne. Bastará la exhibición del certificado de defunción de la usufructuaria, para que el Conservador de Bienes Raíces correspondiente cancele la inscripción del presente usufructo. Se faculta, al portador de copia autorizada de esta escritura y del certificado mencionado, para requerir el alzamiento o cancelación del usufructo pactado. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas 3265, con el número 1957 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2019.- El rol de avalúo del departamento número doce para efectos del pago del impuesto territorial es el número 4303-3 y de la bodega número dieciséis, es el número 4303-41, ambos de la comuna de Temuco. Inmuebles que los socios valorizan de común acuerdo en la suma de $49.000.000.- para el departamento número doce y $1.000.000.- para la bodega número dieciséis. B) La nuda propiedad del Estacionamiento número vinisteis del primer piso del Edificio Uno Los Robles del Condominio Los Pablos ubicado en Avenida Los Pablos número mil novecientos cincuenta de esta ciudad de Temuco, edificio que se encuentra construido en el Lote Dos punto A PUNTO UNO A RAYA DOS, de una superficie de doce mil cien metros cuadrados, polígono Q guion R guion S guion T guion Q, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE: línea S raya T en 110,00 metros con lote dos punto A punto Uno A raya uno de este plano; SUR: línea Q raya R en 110,00 metros, con lote dos punto A punto Uno A raya Uno de este plano; ORIENTE: línea Q raya T en 110,00 metros, con Avenida Los Pablos; y PONIENTE: línea R raya S en 110,00 metros con lote dos punto A punto Uno A raya Uno de este plano. El estacionamiento tiene una superficie útil de 6,50 metros cuadrados; una superficie común de 0,3450 metros cuadrados; una superficie total de 6,8450 metros cuadrados. Se incluyen en la venta los derechos que correspondan en los bienes comunes del edificio. La aportante Margarita Elizabeth Atton Bohn se reserva el usufructo vitalicio sobre el estacionamiento número veintiséis. La nuda propiedad se cede sobre el cuerpo cierto ya referido, con sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, libre de todo gravamen, prohibición o embargo, salvo los constituidos por este instrumento. Se libera, a la usufructuaria, de la obligación de rendir caución de conservación y de restitución, y de practicar inventario solemne. Bastará la exhibición del certificado de defunción de la usufructuaria, para que el Conservador de Bienes Raíces correspondiente cancele la inscripción del presente usufructo. Se faculta, al portador de copia autorizada de esta escritura y del certificado mencionado, para requerir el alzamiento o cancelación del usufructo pactado. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas 3266, con el número 1958 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2019.- El rol de avalúo del estacionamiento número veintiséis para efectos del pago del impuesto territorial es el número 4303-219 de la comuna de Temuco. Inmueble que los socios valorizan de común acuerdo en la suma de $1.000.000.- C) El predio denominado Aillilonco, de novecientos setenta y cuatro hectáreas y de setenta y siete hectáreas denominado Cabeza De Indio, con una superficie total de mil cincuenta y una hectárea aproximadamente, ubicado en la comuna de Cunco, hoy Melipeuco, de este departamento, cuyos deslindes son: Lote denominado Aillillonco o Aillonco: NORTE: terrenos fiscales denominado Los Truenos, separado por faja y arroyo sin nombre; SUR: línea de mil ciento cuarenta metros de longitud a cinco metros de las aguas máximas del Rio Coyán; ORIENTE: Cordillera fiscales; y PONIENTE: estero Locovaca y Cordillera fiscales.- El Lote denominado Cabeza de Indio: NORTE: línea de cinco metros de las aguas máximas del rio Cabeza de Indio de mil ochocientos metros de longitud; SUR: Cordillera fiscales; ORIENTE: estero sin nombre y parajes denominado Coyán; y PONIENTE: estero Casa muertas.- Se incluyeron los correspondientes derechos de aguas. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas 1386, con el número 1266 del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2008.- El rol de avalúo para efectos del pago del impuesto territorial es el número 307-1 de la comuna de Melipeuco. Inmueble que los socios valorizan de común acuerdo en la suma de $350.000.000.- y D) El resto del inmueble ubicado en Huincapaligue, de la comuna de Pucón, de una superficie de cincuenta y cinco hectáreas setenta áreas individualizado en el plano sesenta y nueve mil setecientos veinticinco y que deslinda: NORTE: terrenos fiscales separados por fajas; SUR: estero Huirilili; ESTE: terrenos fiscales arados por fajas; y OESTE: Hernán Matus Veloso, separado por cerco. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas 1613, con el número 1080 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pucón del año 1998.- El rol de avalúo para efectos del pago del impuesto territorial es el número 164-13 de la comuna de Curarrehue. Inmueble que los socios valorizan de común acuerdo en la suma de $60.000.000.- y Dos) En su cláusula Quinta en cuanto a que la administración, representación, uso de la razón social y nombre de fantasía para el cumplimiento del objeto social corresponderá conjuntamente, a los socios Margarita Elizabeth Atton Bohn y Ricardo Javier Vega Atton, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo a sus firmas el nombre o razón social, la representaran con las mismas facultades de la citada cláusula, las que se dan por expresamente reproducidas.- La participación de cada socio en la sociedad, queda de la siguiente forma: a) El socio Margarita Elizabeth Atton Bohn, queda con un 99,56% de participación en la sociedad; y b) El socio Ricardo Javier Vega Atton, queda con un 0,44% de participación en la sociedad. Para todos los efectos legales, la presente escritura de modificación se tendrá como parte integrante de la escritura constitutiva de la sociedad de responsabilidad limitada “Forestal e Inversiones Huincapalihue Limitada”. En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Temuco, 19 de octubre 2020.-