CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Fira SpA

CVE 1843630
Fecha instrumento
3 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de noviembre de 2020
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad el desarrollo, asesoría y prestación de servicios de a) publicidad, comercialización de auspicios, marketing, producción de eventos, manipulación de alimentos, restaurantes, catering, delivery, entretenimiento, coworks; b) inversiones inmobiliarias y compraventa de inmuebles, derechos, acciones, inversiones en general y servicios factoring e inversiones financieras; c) asesorías profesionales, hotelería, servicios médicos, servicios educacionales y)o venta de cursos online y; d) cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago certifico: que por escritura pública de fecha 3 de noviembre de 2020, Repertorio Nº: 17349– 2020, otorgada ante mí, doña Antonieta Carolina Ayala Garrido, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: A) Razón social: “FIRA SpA”. B) Objeto social: El objeto de la Sociedad el desarrollo, asesoría y prestación de servicios de a) publicidad, comercialización de auspicios, marketing, producción de eventos, manipulación de alimentos, restaurantes, catering, delivery, entretenimiento, coworks; b) inversiones inmobiliarias y compraventa de inmuebles, derechos, acciones, inversiones en general y servicios factoring e inversiones financieras; c) asesorías profesionales, hotelería, servicios médicos, servicios educacionales y/o venta de cursos online y; d) cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros. C) Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado por el constituyente. Santiago, 4 de noviembre de 2020.