Dental Syrius Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 8119/2020
- Notario
- DIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, suplente del Notario Titular de esta ciudad don Carlos Alberto Miranda Jiménez, certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de Noviembre de 2020, ante mí, Repertorio Nº8119/2020, don CARLOS GABRIEL ZUÑIGA BORCOSKI, cédula de identidad 6.479.877-4, domicilio calle Pedro Lira 173, Villa Los Canelos, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Bío Bío; doña ANA DEL CARMEN CASTELLO PACHECO, cédula de identidad 7.171.994-K, domicilio calle Los Castaños 145, Villa El Aromo, Comuna de Penco, Región del Bío Bío; don ALONSO CRISTIAN ZÚÑIGA CASTELLÓ, cédula de identidad 17.042.733-5, domicilio calle Los Castaños 145, Villa El Aromo, comuna de Penco, Región del Bío Bío, don YERKO HARÓN MARTÍNEZ MARTÍNEZ, cédula de identidad 9 504.460-3, domicilio calle Pedro Lira 173, Villa Los Canelos, comuna San Pedro de la Paz, Región del Bío Bio, y doña DANIELA ANDREA ZÚÑIGA CASTELLÓ, cédula de identidad 18.146.292-2, domicilio calle Los Castaños 145, Villa El Aromo, comuna de Penco, Región del Bío Bío; Constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, nombre o razón social: DENTAL SYRIUS LIMITADA, pudiendo usar todos efectos legales, incluso relaciones con entidades bancarias, instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y cualquier entidad Pública o privada, Comercial o cualquier índole, expresión abreviada DENTAL SYRIUS LTDA. Objeto y giro social será: La compra, venta, importación, comercialización y distribución todo tipo de bienes corporales muebles, en especial equipos dentales de operatoria, equipos dentales manuales, herramientas, materiales e insumos dentales, productos farmacéuticos, medicamentos, insumos de uso médico, clínico, hospitalario y de protección para la salud en general; productos químicos, insumos, repuestos y accesorios de aplicación de autoclaves y equipos dentales; la representación o agencia de otros productores y distribuidores; La prestación de servicios relacionados con equipos y otros bienes que comercialice, incluidos servicios de capacitación; asistencia técnica, ingeniería, e instalación de equipos dentales, autoclaves, accesorios y equipos auxiliares; La prestación de servicios generales en área de protección personal radiológica, incluido elementos de protección y medición de radiaciones ionizantes, cálculo de espacios de radiaciones ionizantes, medición de placas dosimétricas, diagnóstico, distribución y control; la prestación de servicios profesionales dentales y maxilo-facial en hospitales, centros de salud y clínicas, a domicilio o consultas particulares y en general la sociedad podrá realizar toda otra u otras actividades que socios determinen desarrollar en futuro que esté o no relacionado con objeto principal. Administración, representación y uso de Razón Social corresponderá: Separada e indistintamente a socios CARLOS GABRIEL ZÚÑIGA BORCOSKI y ANA DEL CARMEN CASTELLÓ PACHECO, quienes actuando individualmente se entienden premunidos amplias facultades de administración, sin limitación alguna. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de impedimento, temporal, o mera ausencia que afecte a ambos socios administradores, antes descritos, administración y uso razón social corresponderá a cualquiera de restantes socios con limitación que deberán actuar a lo menos dos de ellos en forma conjunta.- El administrador o administradores en ejercicio actuando por sociedad y anteponiendo razón social a su firma, la obligaran en todos actos y negocios que celebren por ella, con amplias facultades administrativas y dispositivas, ordinarias y extraordinarias pudiendo celebrar todo tipo de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas labores necesarias al objeto social, sin limitación alguna. Asimismo tendrán representación de Sociedad ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, el Ministerio de Salud y todos sus departamentos, El Instituto de Salud Pública de Chile, sin perjuicio de designar representante habilitado para realización de todo trámite, relacionado o no con importación de productos farmacéuticos, medicamentos, insumos y materiales donde se requiera respaldo técnico calificado, pudiendo expresamente conferir mandatos al efecto, delegar estas facultades y reasumir cuantas veces estime necesario. Capital social suma de $6.000.000, que socios aportan de siguiente manera: CARLOS GABRIEL ZÚÑIGA BORCOSKI, aporta suma de $900.000.- que entera en dinero efectivo que ingresa este acto en caja social, quedando enterado y pagado su aporte. ANA DEL CARMEN CASTELLÓ PACHECO, aporta suma de $960.000 .- que entera en dinero efectivo que ingresa este acto en caja social, quedando enterado y pagado su aporte. ALONSO CRISTIAN ZÚÑIGA CASTELLÓ, aporta suma de $1.380.000.- que entera en dinero efectivo que ingresa este acto en caja social, quedando enterado y pagado su aporte. YERKO HARON MARTÍNEZ MARTÍNEZ, aporta suma de $1.380.000.- que entera en dinero efectivo que ingresa este acto en caja social, quedando enterado y pagado su aporte. DANIELA ANDREA ZÚÑIGA CASTELLÓ, aporta suma de $1.380.000.- que entera en dinero efectivo que ingresa en este acto en caja social, quedando enterado y pagado su aporte; Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia monto de respectivos aportes. Sociedad empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento, duración tres años renovables tácitamente, forma sucesiva por períodos iguales, en mismas condiciones y estipulaciones si ninguno de socios manifestare voluntad ponerle término mediante escritura pública, que deberá anotarse margen de inscripción de sociedad con a lo menos tres meses de anticipación a fecha de vencimiento original o del periodo prorrogado y subinscribirse, dentro del mismo plazo al margen de escritura de constitución. Sociedad no se disolverá por incapacidad sobreviviente, insolvencia o fallecimiento de alguno de socios, en cuyo caso sociedad continuará con representantes legales o sucesores o herederos del socio fallecido, que deberán designar mandatario común que los represente en sociedad, el que no tendrá injerencia en administración, ni uso de razón social. Para evento de incapacidad permanente o fallecimiento de ambos socios encargados de administración y uso de razón social, administración, representación y uso de razón social quedará radicada desde fecha de incapacidad o fallecimiento, del último de socios administradores allí designados, en cualquiera de restantes socios sobrevivientes de sociedad, con limitación que deberán actuar a lo menos dos de ellos en forma conjunta, con todas y cada una de facultades señaladas en cláusula cuarta del estatuto social. Sociedad tendrá domicilio ciudad de Concepción sin perjuicio de sucursales o agencias u oficinas que establezcan en resto del país. Demás estipulaciones escritura que extracto. CONCEPCIÓN, 05 de Noviembre de 2020.