CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PACC SpA

CVE 1842671
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de octubre de 2020

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2020
Notario
NATALIA RAMIREZ ARANDA
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42783 del 19 de octubre de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NATALIA RAMIREZ ARANDA, Abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte Nº 785, Piso 3, Suplente del titular LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, certifica: que por este intermedio viene en rectificar el extracto de fecha 16/10/2020 sobre la constitución de la sociedad “PACC SpA”, otorgada por escritura pública de fecha 13/10/2020, ante suplente Patricia Bahamonde Vega, y que fue publicado en el Diario Oficial N° 42783 de fecha 19/10/2020, e inscrito a fojas 1646 vuelta número 1081 del Registro de Comercio de 2020, de cargo del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, en el siguiente sentido: Aclarar y rectificar lo señalado respecto a la administración social, en el sentido que conforme a la escritura que se extractó, “la administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, quien podrá actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar Gerente general y asumir dicho cargo. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, el que se designa en el artículo tercero transitorio de estos estatutos. El administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente General o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que el administrador haga de un Gerente General, el administrador podrá delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas” y no como se indicó en el extracto. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000. Viña del Mar, a 03 de noviembre de 2020.