MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Bodegas Paine SpA

RUT 76914648-2 CVE 1843380
Capital
$103.725.200 CLP
Fecha instrumento
19 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de octubre de 2020
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33ª Notaria de Santiago; Huérfanos 979
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$103.725.200 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaria de Santiago; Huérfanos 979, Oficina 501, Santiago certifica que: Por escritura pública de fecha 19 de octubre de 2020, ante mí, el único y actual accionista de BODEGAS PAINE SpA, Rut.: 76.914.648-2, a saber, don Arturo Carlos Dittborn Baeza acordó, entre otras materias: a) Aumentar el capital de la Sociedad, ascendente a $103.725.200, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de $1.555.517.268, dividido en un total de 518.537 acciones, ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 418.537 nuevas acciones de pago, de iguales características a las ya existentes, a un valor de colocación igual a $3.468,73052561 cada una. En consecuencia, el capital se aumentó en la cantidad de $1.451.792.068.- De esta forma, el capital social asciende a la suma total de $1.555.517.268, dividido en 518.537 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, y se suscribe y paga de la siguiente forma: /a/Don Arturo Carlos Dittborn Baeza ha suscrito con anterioridad a esta fecha 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, de las cuales ha pagado hasta esta fecha 60.000 acciones. El saldo de 40.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, por él suscritas con fecha 7 de agosto del año 2018, deberán ser pagados a más tardar el día 30 de enero del año 2021; y, /b/ Comercial El Remanso S.A. suscribe con esta misma fecha 418.537 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que paga mediante la capitalización, con esa misma fecha, de créditos que mantenía con la Sociedad. b) Modificar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, dando cuenta de las modificaciones acordadas. Demás materias constan en escritura extractada. Santiago, 21 de octubre de 2020.