ASESORIAS Y SERVICIOS JURIDICOS LEGALCOT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2020
- Repertorio
- 1335/020
- Notario
- FRANCISCA ROJAS DAMM
- Domicilio
- titular don ALBERTO EDUARDO ROJAS LÓPEZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- La sociedad fija su domicilio en la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir el día primero de noviembre este año y tendrá una duración de 1 año, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes de fin del respectivo período
Objeto social
El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden;
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderán ambos socios conjuntamente quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA ROJAS DAMM, Notario público suplente del titular don ALBERTO EDUARDO ROJAS LÓPEZ, de la 6 Notaría de Santiago, Compañía 1085, piso 14, Santiago, certifico que por escritura pública con fecha 30 de Octubre de 2020, Repertorio 1335/020, otorgada ante mí, GABRIELA MARGARITA MUÑOZ MIRANDA, chilena, abogada, cédula nacional de identidad número quince millones cuatrocientos setenta y un mil novecientos treinta u tres guión cuatro, casada bajo régimen de separación total de bienes, con domicilio en calle Jorge Washington número cuatrocientos departamento setecientos siete, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana y don CARLOS ARTURO ELGUETA ROJAS, cédula nacional de identidad número quince millones cuatrocientos veintinueve mil setecientos treinta y siete guión cinco, chileno, abogado, casado bajo régimen de separación total de bienes, con domicilio en Avenida Diagonal la Travesía número quinientos ochenta y seis, casa diecisiete, comuna de Pudahuel, región Metropolitana constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; RAZON SOCIAL: La razón social será de ASESORIAS Y SERVICIOS JURIDICOS LEGALCOT LIMITADA, pudiendo funcionar y actuar, inclusive con bancos, con el nombre de LEGALCOT ABOGADOS LTDA o LEGALCOT LTDA; ADMINISTRACION: La administración y el uso de la razón social corresponderán ambos socios conjuntamente quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura; CAPITAL: El capital social será la suma de un millón de pesos, que se aportan de la siguiente forma: a) doña GABRIELA MARGARITA MUÑOZ MIRANDA, suscribe el cincuenta por ciento del capital social en efectivo, pagando la suma de quinientos mil pesos en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social;. b) don CARLOS ARTURO ELGUETA ROJAS suscribe el cincuenta por ciento del capital social, pagando la suma de quinientos mil pesos en dinero en efectivo que ha ingresado en la caja social; DURACION: La sociedad empezará a regir el día primero de noviembre este año y tendrá una duración de 1 año, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes de fin del respectivo período; DOMICILIO: La sociedad fija su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las Sucursales o Agencias que establezca en el resto del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de Noviembre de 2020.