MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA LAS CASAS DE IBACACHE LIMITADA

RUT 78832370-0 CVE 1843426
Fecha instrumento
1 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2020
Repertorio
14575/2020
Notario
JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ
Oficio
Titular de la 1ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida de la siguiente forma: 1. Poder Clase A: podrán representar a la Sociedad tres cualquiera de los socios, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán judicial y extrajudicialmente, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Se enumera a modo enunciativo las facultades en la escritura extractada. 2. Poder Clase B: podrán representar a la Sociedad dos cualquiera de los socios, para que actuando en forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, obliguen a ésta con las facultades establecidas en el escritura extractada; y 3. Poder Clase C: podrá representar a la Sociedad uno cualquiera de los socios, para que actuando de forma individual, y anteponiendo su firma a la razón social, obligue a la Sociedad con idénticas facultades a las indicadas en el Poder A, con la limitación de obligaciones que individualmente consideradas representen montos superiores a UF2.000 o su equivalente en moneda extranjera. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 9.514, número 7.755 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1996

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ, Notario Público Suplente del Titular de la 1ª Notaría de Santiago, de don Hernán Cuadra Gazmuri, con oficio en calle Huérfanos 1160, oficina 101-102, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2020, repertorio N° 14.575/2020, ante mí, doña Ma ría Lidia Ariztía Reyes, don Aníbal Ariztía Reyes, don Juan Eduardo Ariztía Reyes, don Francisco José Ariztía Reyes y don Rodrigo Antonio Ariztía Reyes, todos domiciliados en calle La Perousse 5.397, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de AGRÍCOLA LAS CASAS DE IBACACHE LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), acordaron modificar la razón social y la administración de la Sociedad, y en consiguiente las cláusulas primera y sexta de los estatutos de la misma, en el siguiente sentido: a) Nombre: La razón social será AGRÍCOLA ALCI LIMITADA, pudiendo usar como nombre de fantasía, ALCI Limitada o ALCI Ltda; y b) Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida de la siguiente forma: 1. Poder Clase A: podrán representar a la Sociedad tres cualquiera de los socios, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán judicial y extrajudicialmente, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Se enumera a modo enunciativo las facultades en la escritura extractada. 2. Poder Clase B: podrán representar a la Sociedad dos cualquiera de los socios, para que actuando en forma conjunta y anteponiendo su firma a la razón social, obliguen a ésta con las facultades establecidas en el escritura extractada; y 3. Poder Clase C: podrá representar a la Sociedad uno cualquiera de los socios, para que actuando de forma individual, y anteponiendo su firma a la razón social, obligue a la Sociedad con idénticas facultades a las indicadas en el Poder A, con la limitación de obligaciones que individualmente consideradas representen montos superiores a UF2.000 o su equivalente en moneda extranjera. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 9.514, número 7.755 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1996. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de Octubre de 2020. Juan Carlos Alvarez D.