CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Yafa SpA

CVE 1842503
Fecha instrumento
26 de octubre de 2020

Instrumento

Fecha
26 de octubre de 2020
Repertorio
6230
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la sociedad será, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, la inversión en instrumentos financieros, productos bancarios y)o del mercado de capitales, todos en el extranjero o nacionales expresados en moneda extranjera, inversiones en bienes incorporales, tales como valores mobiliarios, acciones, cuotas, créditos, bonos, debentures, depósitos a plazo, fondos de inversión, títulos de crédito, de deuda y)o equity, y cualquier otro instrumento de inversión

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, certifica que por escritura pública de fecha 26 de octubre del año 2020, bajo repertorio N° 6230, ante mí: Inversiones y Rentas Kavod S.A. constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre de la sociedad será Yafa SpA.- Objeto: El objeto de la sociedad será, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, la inversión en instrumentos financieros, productos bancarios y/o del mercado de capitales, todos en el extranjero o nacionales expresados en moneda extranjera, inversiones en bienes incorporales, tales como valores mobiliarios, acciones, cuotas, créditos, bonos, debentures, depósitos a plazo, fondos de inversión, títulos de crédito, de deuda y/o equity, y cualquier otro instrumento de inversión. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Capital: El capital de la sociedad es de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, el cual se suscribe y paga íntegramente en el acto de constitución. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 2 de noviembre de 2020.