MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGUAS DIEGO HOLST LIMITADA

RUT 76719751-9 CVE 1842330
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
27 de octubre de 2020

Instrumento

Fecha
27 de octubre de 2020
Repertorio
620-2017
Notario
XIMENA RICCI DÍAZ
Oficio
Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Administración

La representación, administración y el uso de la razón social, corresponderán, conjuntamente, a doña Rosa María Sepúlveda Trujillo y a don Diego Andrés Holst Sepúlveda, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social la representarán en todos los actos referidos a su objeto o giro ordinario con las siguientes facultades…”. La misma posee un capital de $2.000.000 y su RUT es 76.719.751 – 9. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, 27 de Octubre de 2020, XIMENA RICCI DÍAZ, Abogado, Notario Público titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio, con oficio en Avenida Barros Luco número 1749, Barrancas, San Antonio, doña ROSA MARÍA SEPÚLVEDA TRUJILLO, chilena, divorciada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 7.125.662 – 6, y don DIEGO ANDRÉS HOLST SEPÚLVEDA, chileno, soltero, empleado, cédula nacional de identidad número 16.300.187 – K, ambos domiciliados en calle Lautaro número 1664, Local A, Barrancas, comuna de San Antonio, otorgaron escritura de saneamiento de Sociedad de Responsabilidad Limitada, conforme a la Ley 19.499, corrigiendo y saneando con esta fecha, la constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada “SAN DIEGO LTDA”, de fecha 14 de febrero de 2017, otorgada ante Notario Público titular de la Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio, doña Ximena Ricci Díaz, Repertorio N° 620-2017, inscrita a fojas 131 vuelta N° 70 del Registro de Comercio año 2017, del CBR de San Antonio y publicada en el Diario Oficial con fecha 25 de febrero de 2017. Se sanearon y corrigieron las cláusulas segunda y octava de dicha escritura, en los siguientes términos: a) Se modifica la CLÁUSULA SEGUNDA, quedando como sigue: “SEGUNDO: Razón social: La razón social será “AGUAS DIEGO HOLST LIMITADA”, pudiendo actuar ante los bancos, instituciones y ante cualesquiera otras personas naturales y/o jurídicas, bajo la sigla comercial “SAN DIEGO LTDA.”; b) Se modifica en parte la CLÁUSULA OCTAVA, quedando como sigue: “OCTAVO: Administración y uso de la razón social. La representación, administración y el uso de la razón social, corresponderán, conjuntamente, a doña Rosa María Sepúlveda Trujillo y a don Diego Andrés Holst Sepúlveda, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social la representarán en todos los actos referidos a su objeto o giro ordinario con las siguientes facultades…”. La misma posee un capital de $2.000.000 y su RUT es 76.719.751 – 9. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Antonio 27 de octubre de 2020.