MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA EL RINCON LIMITADA

RUT 79689670-1 CVE 1842040
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2019
Repertorio
7318
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40 Notaría de Santiago, Teatinos Nº 332, certifico: Por escritura de hoy, ante mí: DANIEL MANUEL FURMAN ROSENZVIT, ingeniero y DANCO SERVICIOS LIMITADA, del giro de su denominación, representada por GABRIEL ABRAHAM FURMAN VERNON, factor, y DAVID NOE FURMAN VERNON, chileno, factor; esta última sociedad en su calidad de continuadora legal, de sociedad SERVICIOS DE ALMACENAJE DANCO LIMITADA, del giro de su denominación, todos domiciliados en calle Parinacota N° 401, Quilicura, Región Metropolitana, modificaron sociedad “AGRICOLA EL RINCON LIMITADA”, RUT. Nº 79.689.670-1, cuyo capital actual es de $20.0000.-, inscrita a fojas 25.005 N° 13.436 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago del año 1986. OBJETO MODIFICACION: Dejar constancia que por escritura pública de 30 de septiembre de 2019, otorgada en esta misma Notaría, repertorio 7.318, cuyo extracto se inscribió a fojas 91.745 N° 45.083 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago del año 2019 se pactó la fusión por absorción de SERVICIOS DE ALMACENAJE DANCO LIMITADA en DANCO SERVICIOS LIMITADA, de manera tal que esta última sociedad adquirió por absorción la totalidad de los derechos que la sociedad absorbida poseía en la sociedad que se modifica ascendentes al 75% de los derechos en el haber social. En consecuencia, pasan a ser socios en esta sociedad, don DANIEL MANUEL FURMAN ROSENZVIT y DANCO SERVICIOS LIMITADA, cada uno con el 50% de los derechos en el haber social. En todo lo no modificado, rige el texto original de los estatutos de esta sociedad y sus posteriores modificaciones. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 06 de octubre 2020.