MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD QUITRICO LIMITADA

RUT 77041789-9 CVE 1841695
Fecha instrumento
22 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de octubre de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de octubre de 2020, ante mí, de la sociedad “SOCIEDAD QUITRICO LIMITADA”, en la cual: Don RODRIGO LEÓN SUSAETA MARGULIS; Doña MAITE SUSAETA MARGULIS; don FÉLIX ANDRÉS SUSAETA MARGULIS, doña MARISOL ROSA SUSAETA MARGULIS; doña MARÍA DOLORES ALBA GIL FERRER; doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN; don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN; don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN; la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES REM LIMITADA”; la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES PANGUIPULLI LIMITADA” y la sociedad “INVERSIONES LAS CHICAS LIMITADA”, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número 1939, oficina número 505, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron la sociedad, bajo los siguientes términos: MODIFICACIONES Y CESIONES DE DERECHOS: I) Mediante el presente instrumento, se realizan las siguientes cesiones de derechos sociales de “SOCIEDAD QUITRICO LIMITADA”: /a/ Don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, con el expreso consentimiento de sus consocios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y haberes sociales en la sociedad “SOCIEDAD QUITRICO LIMITADA”, los cuales alcanzan un once por ciento de los derechos sociales a la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES REM LIMITADA”, quien debidamente representada, adquiere para sí estos derechos sociales, equivalentes a la suma total de ciento diez mil pesos; /b/ Don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN, con el expreso consentimiento de sus consocios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y haberes sociales en la sociedad “SOCIEDAD QUITRICO LIMITADA”, los cuales alcanzan un once por ciento de los derechos sociales a la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES PANGUIPULLI LIMITADA”, quien debidamente representada, adquiere para sí estos derechos sociales, equivalentes a la suma total de ciento diez mil pesos; c) Doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN, con el expreso consentimiento de sus consocios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y haberes sociales en la sociedad “SOCIEDAD QUITRICO LIMITADA”, los cuales alcanzan un once por ciento de los derechos sociales a la sociedad “INVERSIONES LAS CHICAS LIMITADA”, quien debidamente representada, adquiere para sí estos derechos sociales, equivalentes a la suma total de ciento diez mil pesos. Como consecuencia de las cesiones de derechos realizadas precedentemente, por una parte, se retiran de “SOCIEDAD QUITRICO LIMITADA”, don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORAN, don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN y doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORAN; II) modificar el artículo quinto de los estatutos en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO. CAPITAL. El capital se podrá ser pagado en dinero efectivo, en créditos, aportes en especie, ya sean en dominio y/o usufructo, con cualquier clase de bienes, inmuebles, muebles, corporales o incorporales. El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, enteramente pagado con anterioridad a esta fecha que los socios han aportado de la siguiente forma: (i) Doña MARÍA DOLORES ALBA GIL FERRER ha aportado doscientos setenta mil pesos, equivalentes al veintisiete por ciento del capital de la sociedad; (ii) “ASESORÍAS E INVERSIONES REM LIMITADA” ha aportado ciento diez mil pesos, equivalentes al once por ciento del capital de la sociedad; (iii) “ASESORÍAS E INVERSIONES PANGUIPULLI LIMITADA” ha aportado ciento diez mil pesos, equivalentes al once por ciento del capital de la sociedad;(iv) “INVERSIONES LAS CHICAS LIMITADA” ha aportado ciento diez mil pesos, equivalentes al once por ciento del capital de la sociedad; (v) Don RODRIGO LEÓN SUSAETA MARGULIS ha aportado cien mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital de la sociedad; (vi) Doña MAITE SUSAETA MARGULIS ha aportado cien mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital de la sociedad; (vii) Doña MARISOL ROSA SUSAETA MARGULIS ha aportado cien mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital de la sociedad; y (viii) Don FÉLIX ANDRÉS SUSAETA MARGULIS ha aportado cien mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital de la sociedad”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 02 de noviembre de 2020.