SOCIEDAD DE MULTISERVICIOS TRANSITORIOS FESEC EST LIMITADA
Instrumento
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Las partes vienen en reemplazar el tenor del Artículo Sexto del contrato principal, dejándolo sin efecto para todos los términos legales, reemplazándola por la siguiente: La administración, representación y uso de la razón social y de su nombre de fantasía corresponderá a Don MARIO MAURICIO LUNA HENRÍQUEZ, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos setenta y tres mil quinientos diecisiete guión ocho, con las facultades detalladas en ésta escritura de modificación. En lo no modificado continúan vigentes las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Notario Público suplente de la Décima Notaría de Santiago, de doña Valeria Ronchera Flores, con oficio en calle Agustina 1235, local 2, piso 1 y 2, Certifico: Por escritura de fecha veintidós de octubre de dos mil veinte, repertorio seis mil ciento quince, ante mí en calidad de reemplazante, Don MARIO MAURICIO LUNA HENRÍQUEZ, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos setenta y tres mil quinientos diecisiete guión ocho; Doña JOHANNA ELIZABETH CONTRERAS GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y nueve guión siete; y Doña PILAR ANDREA MORA PALMA, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y cinco mil noventa y siete guion cuatro, actuando debidamente representada, por Don SEBASTIÁN ADOLFO ROMERO SANTIBÁÑEZ, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y dos mil trescientos noventa y cuatro guion siete, de todos los comparecientes domiciliados sólo para estos efectos en calle Hermanos Amunátegui número doscientos treinta y dos, oficina dos mil uno, piso veinte, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modificaron “SOCIEDAD DE MULTISERVICIOS TRANSITORIOS FESEC EST LIMITADA”, inscrita en extracto a fojas tres mil setecientos ocho número dos mil ochocientos cincuenta y cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil siete, en siguiente sentido: PRIMERO: Doña JOHANNA ELIZABETH CONTRERAS GONZÁLEZ, ya individualizada, mediante el presente instrumento, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, esto es el cinco por ciento del capital social total de la Sociedad ya individualizada, a favor de doña PILAR ANDREA MORA PALMA, ya individualizada, quien debidamente representada compra y adquiere para sí, por el monto de doscientos mil pesos, que se pagan en este acto, en dinero en efectivo, que el comprador declara recibir a su entera conformidad. SEGUNDO: Don MARIO MAURICIO LUNA HENRÍQUEZ, ya individualizado, dueño de un noventa y cinco por ciento de los derechos sociales, mediante el presente instrumento, vende, cede y transfiere el cuarenta y cinco por ciento del total de los derechos de la Sociedad ya individualizada, a favor de doña PILAR ANDREA MORA PALMA, ya individualizada, quien debidamente representada compra y adquiere para sí, por el monto de un millón ochocientos mil pesos, que se pagan en este acto, en dinero en efectivo, que el comprador declara recibir a su entera conformidad. TERCERO: En virtud de las cesiones de derechos expuestas, quedan estructuradas las participaciones sociales de la siguiente forma: Don MARIO MAURICIO LUNA HENRÍQUEZ, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, y doña PILAR ANDREA MORA PALMA, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, quedando ambos como los únicos socios de “SOCIEDAD DE MULTISERVICIOS TRANSITORIOS FESEC EST LIMITADA”.- CUARTO: Uso y administración: Las partes vienen en reemplazar el tenor del Artículo Sexto del contrato principal, dejándolo sin efecto para todos los términos legales, reemplazándola por la siguiente: La administración, representación y uso de la razón social y de su nombre de fantasía corresponderá a Don MARIO MAURICIO LUNA HENRÍQUEZ, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos setenta y tres mil quinientos diecisiete guión ocho, con las facultades detalladas en ésta escritura de modificación. En lo no modificado continúan vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada, donde se facultó al portador para proceder a inscribir el extracto. Santiago, treinta de octubre de dos mil veinte.