INTEGRAL SERVICE MECHANICS SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de octubre de 2020
- Notario
- Notario Suplente del titular FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Suplente del titular FELIX JARA CADOT , Notario Público de la 41º Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, subsuelo certifico que: por escritura pública de fecha 06 de octubre 2020, Rep. Nº18.891/2020, otorgada ante mí, don MAYQUEL ANTONIO AGUIRRE TORREALBA, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y ocho guión dos y doña ANGELA CECILIA REYES VALDES, chilena, casada separada de bienes, ingeniero comercial, cedula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos ochenta y nueve mil ochocientos cuarenta y cuatro guion tres, en representación según se acreditara de la sociedad de Inversiones doña Josefina SpA, Rol Único Tributario numero 76.805.089-9, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad certificada por el notario que firma el presente extracto, modificaron sociedad denominada, INTEGRAL SERVICE MECHANICS SpA. RUT: 76.421.237-1 CAPITAL: $1.000.000 MODIFICACION: Los comparecientes en su calidad de únicos accionistas de la sociedad, viene en agregar al objeto social de la misma lo siguiente: “A) Importación, exportación, comercialización, distribución, compra y venta, ya sea al por mayor o al detalle, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes muebles. B) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; C) El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción; D) Desarrollar proyectos, realizar consultorías y asesorías de ingeniería, en todo tipo de áreas en especial en todo lo relacionado con materia de telecomunicaciones; así como también ejecutar toda clase de obras civiles; importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos de ingeniería, materiales de construcción, casas y repuestos; así como también la asesoría en materia de ingeniería en todas sus especialidades; la instalación de Oficina y de Empresas propias para la atención de los clientes particulares, las sociedades, los Organismos Públicos y demás Instituciones; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la importación, la exportación, la confección y la intermediación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 06/10/2020.- AAB. NS-