SOCIEDAD DAVID PEREZ AHUMADA Y OTROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de octubre de 2020
- Repertorio
- 4642-2020
- Comuna
- Rancagua Jaime
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular 2º Notaría Rancagua Jaime Bernales Valenzuela, Bueras 359 Of. 102, certifico: Por escritura de fecha 16-10-2020, repertorio N° 4642-2020, ante mí, don EDUARDO ALEXIS FERNANDEZ LUCERO, chileno, soltero, contador auditor, C.I. N° 9.966.111-9, don DAVID ABRAHAM PEREZ AHUMADA, chileno, casado, empresario, C.I. N° 9.414.493-0, y doña SANDRA DEL CARMEN PEREZ AHUMADA, chilena, soltera, ingeniera en prevención de riesgos, C.I. N° 14.478.871-0, todos con domicilio para estos efectos en Diego Portales 056, Población Campo Nuevo, Los Lirios, Comuna de Requinoa, de paso en esta, rectifican sociedad de responsabilidad limitada; constituida por escritura pública con fecha 14/09/2015, inscrita a fojas 911 vuelta número 763 del año 2015, en el Registro de Comercio del CBR de Rancagua, se publicó en el Diario Oficial con fecha 22/09/2015. Con fecha 29/11/2019 ante doña Ximena Carmona Torres, abogado, Notario Suplente del Titular don Ernesto Montoya Peredo, se suscribió una Escritura Pública de Modificación de Sociedad, de SOCIEDAD DAVID PEREZ AHUMADA Y OTROS LIMITADA o HDM INGIENERIA Y MONTAJE LTDA, Rut 76.477.806-5, bajo el repertorio número 8.867-2019, cuya inscripción corre inscrita a fojas 10.033 número 664 del Registro de Comercio del CBR de Rancagua del año 2019. Se deja constancia que el capital social asciende a la suma de $20.000.000.- RECTIFICACION: Que por un error involuntario de redacción se señaló de forma errada la administración del nuevo represéntate legal, modificándose por este acto la cláusula sexta de dicha escritura quedando del siguiente tenor: SEXTO: DE LA MODIFICACION DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD: Los socios modifican en este acto la cláusula cuarta del pacto social, en la cual se determinó la administración de la sociedad, en los siguientes términos: “ la administración de la sociedad, el uso de su razón social y la representación de la sociedad corresponderá al socio DAVID ABRAHAM PEREZ AHUMADA, quien actuando en conjunto por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representara con las más amplias facultades. Modificándose dicha cláusula cuarta relacionada con la administración de la sociedad quedando como única administradora de la sociedad, la socia doña SANDRA DEL CARMEN PEREZ AHUMADA, quedando, por tanto, dicha cláusula cuarta bajo el siguiente tenor: “la administración de la sociedad, el uso de su razón social y la representación de la sociedad corresponderá a la socia SANDRA DEL CARMEN PEREZ AHUMADA, quien actuando individualmente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representara con las más amplias facultades. Demás antecedentes en escritura extractada. Rancagua, 19 de Octubre de 2020.