INVERSIONES JUNCAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $87.838.465 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, San Miguel, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2020, ante mí: /Uno/ DAVID ALBERTO JODORKOVSKY VENTURA, domiciliado en calle Camino Real N°4.690, departamento 106, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; y, /Dos/ RAQUEL ANDREA VENTURA ARRAZTOA, domiciliada para estos efectos en calle Camino El Queltehue N°4.792, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios, modificaron la sociedad INVERSIONES JUNCAL LIMITADA, inscrita a fojas 13.344, N°7.480 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2017, en lo siguiente: (i) Manifestaron que por un error involuntario en la escritura de constitución y extracto de la sociedad se señaló que el socio DAVID ALBERTO JODORKOVSKY VENTURA, había enterado la suma $43.919.235.- cuando en la realidad su aporte correspondía a la suma $43.919.229, lo que rectificaron para todos los efectos legales en los términos señalados; (ii) Acordaron aumentar el capital de la sociedad desde la cantidad de $87.838.465.-, a la cantidad de $88.838.465.-, esto es, acordaron aumentar el capital social en la suma de $1.000.000.- Asimismo, acordaron que el referido aumento de capital, sea suscrito y pagado únicamente por la sociedad INVERSIONES JOVEN LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada, rol único tributario N° 76.395.834-5, domiciliada en calle San Ignacio N° 451, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, presente en el acto y para quien su representante, suscribió y pagó la suma de $1.000.000.- representativa de la totalidad del aumento de capital acordado, incorporándose de esta forma a la sociedad como nuevo socio; (iii) La señora RAQUEL ANDREA VENTURA ARRAZTOA, manifestó su decisión de renunciar y retirarse de manera irrevocable de la Sociedad, dándose en el acto por notificados el resto de los socios de dicha renuncia y retiro para efectos de lo dispuesto en el artículo 2.109 del Código Civil, la cual aceptaron expresamente. Adicionalmente acordaron, el pago de la suma de $43.919.236.-, a título de pago total y único por concepto de devolución del capital aportado, y que renuncia y retiro, por una parte, y la notificación y aceptación, por la otra, no ponen término a la Sociedad, la que continúa con el resto de los socios; y, (iv) Como consecuencia de la aclaración y ajuste de las participaciones sociales, del aumento de capital y del retiro de la señora RAQUEL ANDREA VENTURA ARRAZTOA, los actuales y únicos socios de la sociedad, a saber, DAVID ALBERTO JODORKOVSKY VENTURA e INVERSIONES JOVEN LIMITADA, acordaron modificar la Artículo Sexto, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Capital. El capital social asciende a la suma de cuarenta y cuatro millones novecientos diecinueve mil doscientos veintinueve pesos, que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: /A/ DAVID ALBERTO JODORKOVSKY VENTURA, ha suscrito y pagado la cantidad de cuarenta y tres millones novecientos diecinueve mil doscientos veintinueve pesos, equivalentes a un noventa y siete coma siete siete por ciento del capital social; y /B/ INVERSIONES JOVEN LIMITADA, ha suscrito y pagado la cantidad de un millón pesos, equivalentes a un dos coma dos tres por ciento del capital social.-” Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales, hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de octubre de 2020.