Mercado de la Mascota SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de octubre de 2020
- Repertorio
- 16254-2020
- Notario
- Don Eduardo Javier Diez Morello
- Oficio
- 34º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDon Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 26 de octubre de 2020, ante mí, Repertorio Nº 16.254-2020, don Álvaro Ignacio Olid Torres, cédula de identidad número 17.597.480-6, con domicilio en calle Robinson Crusoe número 992, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y don Alejandro Felipe Martin Maturana, cédula de identidad número 17.601.332-K, con domicilio en San José María Escrivá de Balaguer número 9.155, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Mercado de la Mascota SpA”, sin perjuicio de que podrá utilizar para fines de publicidad y propaganda el nombre de fantasía “Mercado de la Mascota”, “Mercado Mascota”, “Marketplace de la Mascota”, o “Market Pet”. Objeto: El objeto de la Sociedad tendrá por objeto: a) La creación, confección, mantención y comercialización de páginas, sitios y/o portales para la red internet, aplicaciones informáticas (“Apps”), su explotación en cualquier forma y la prestación de toda clase de servicios a través de ellos, el desarrollo de programas computacionales destinados al efecto, el arrendamiento de espacios publicitarios en dichas páginas, sitios, portales o aplicaciones informáticas, el establecimiento de vínculos con otros sitios y la prestación de los demás servicios complementarios a los anteriores; b) Desarrollar, comercializar, distribuir y representar productos de ingeniería de sistemas y computación, especialmente relativos a la gestión de marketing y publicidad; c) La realización de toda clase de actos, contratos, trabajos y servicios de difusión, marketing y publicidad en cualquiera de sus formas; d) Prestar toda clase de servicios o asesorías en materias de orden financiero, económico, de factibilidad de proyectos, de inversión, informáticos, computacionales, de internet, de marketing y publicidad, así como en las demás materias antes señaladas; e) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios, agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza; f) Comprar, vender, permutar, arrendar, explotar, administrar e invertir en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, incluso en valores mobiliarios, licencias, programas computacionales y softwares, adquirir acciones, bonos, debentures, derechos, efectos de comercio, vender, conservar, percibir e invertir los frutos de tales inversiones, tanto en Chile como en el extranjero; g) Constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital; h) y en general, ejecutar actos de cualquiera de los ramos o giros mencionados, negocios o actividades, sean o no, complementarios o vinculados con las actividades a que se refiere esta cláusula, como asimismo, de otros ramos y/o giros que los accionistas acuerden en el futuro, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena, ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital: $2.000.000.- de pesos chilenos, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie que se suscribe, paga y entera íntegramente de la siguiente forma: don Álvaro Ignacio Olid Torres, quien suscribe 1.000 acciones por un valor total de un $1.000.000.- de pesos chilenos, las cuales paga en este acto y en dinero efectivo; y don Alejandro Felipe Martin Maturana suscribe 1.000 acciones, por un valor total de $1.000.000.- de pesos chilenos, las cuales paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de octubre de 2020.